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IBI en Leganés: 0,400 %

Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Leganés. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).

Tipo IBI urbano0,4 %Tipo general · Min. Hacienda 2025
Media nacional0,6 %2755 municipios
Posición nacional2532de 2755 (de mayor a menor tipo)

El tipo de gravamen del IBI urbano en Leganés es del 0,400 % sobre el valor catastral (Ministerio de Hacienda, 2025). Para un inmueble con un valor catastral de 100.000 €, la cuota anual del IBI ronda los 400 € (sin bonificaciones).

Tipos de gravamen vigentes

IBI urbano
0,400 %
Tipo general aplicable a viviendas y locales
IBI rústico
0,900 %
Bienes de naturaleza rústica
IBI BICES
1,300 %
Bienes de características especiales

Leganés dentro de la horquilla legal del IBI urbano

La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.

Tipo del municipio dentro de la horquilla legal
Leganés supera los 100.000 habitantes — máximo aplicable: 1,3 %
0,40 %0,40 %1,10 %1,30 %Mín. legalMáx. generalMáx. >100k hab.

Comparativa con la media

Leganés
0,400 %
Media nacional
0,619 %
Por debajo (-35,4 %)
Media en Comunidad de Madrid
0,512 %
129 municipios con dato

Cuota IBI estimada por valor catastral

Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.

Valor catastral 50.000 €
200 €
Cuota anual
Valor catastral 100.000 €
400 €
Cuota anual
Valor catastral 200.000 €
800 €
Cuota anual

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Bonificaciones del IBI en Leganés

Más allá del tipo de gravamen, cada ayuntamiento decide en su ordenanza fiscal qué bonificaciones aplica. El marco estatal (artículos 73 y 74 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales) prevé, entre otras:

  • Familia numerosa: bonificación potestativa de hasta el 90 % de la cuota, según categoría y valor catastral.
  • Vivienda de protección oficial (VPO): 50 % durante los tres años siguientes a la calificación definitiva (prorrogable por el ayuntamiento).
  • Energía solar / autoconsumo: hasta el 50 % por instalar sistemas de aprovechamiento de energía solar.
  • Domiciliación o pago anticipado: descuentos que fija cada ayuntamiento para fraccionar o adelantar el pago.

Los porcentajes concretos y los requisitos dependen de la ordenanza fiscal de Leganés. Consulta la sede electrónica del ayuntamiento para el detalle vigente.

El IBI en el contexto de Leganés

Leganés es un municipio situado en la Comunidad de Madrid, al suroeste de la capital española. Con una población de aproximadamente 195.734 habitantes, se trata de una localidad de gran relevancia como ciudad dormitorio para aquellos que trabajan en Madrid, gracias a su proximidad y buenas conexiones de transporte. Este carácter metropolitano y residencial hace que la fiscalidad inmobiliaria sea un aspecto crucial para sus residentes, ya que el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) puede influir significativamente en los costes de vivienda, un factor determinante en zonas de alta demanda habitacional.

El tipo impositivo del IBI urbano en Leganés es del 0,4%, situándose por debajo de la media nacional, que es del 0,623%, y también de la media de la Comunidad de Madrid, que se encuentra en el 0,4628%. En el ranking nacional, Leganés ocupa el puesto 134 de 147, lo que indica que sus tipos impositivos son más bajos en comparación con la mayoría de los municipios del país. Además, el tipo para inmuebles rústicos es del 0,9% y para Bienes Inmuebles de Características Especiales (BICES) es del 1,3%. Estos datos sugieren que, para una vivienda media en Leganés, la carga fiscal por IBI podría ser más llevadera que en otras áreas del país, lo que puede ser un factor atractivo para los potenciales compradores o inversores.

Qué es el IBI

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.

El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.

Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.

Cómo se calcula el IBI
Cuota anualValor catastral × Tipo de gravamenEjemplo con valor catastral 100.000 €100.000 €×0,40 %=400 €V. catastralTipo IBICuota / añoCuota antes de bonificaciones

Preguntas frecuentes sobre el IBI en Leganés

¿Cuánto se paga de IBI en Leganés?

El tipo de gravamen del IBI urbano en Leganés es del 0,400 % sobre el valor catastral (Ministerio de Hacienda, 2025). Para un valor catastral de 100.000 €, la cuota anual ronda los 400 €, sin contar bonificaciones.

¿Cuándo se paga el IBI en Leganés?

Es contribuyente del IBI quien sea titular del inmueble a 1 de enero. La mayoría de ayuntamientos lo recaudan en uno o dos plazos entre primavera y otoño; el calendario exacto y la domiciliación los fija el ayuntamiento de Leganés en su ordenanza fiscal.

¿Cómo se calcula el IBI?

Se multiplica el tipo de gravamen (0,400 % en Leganés) por el valor catastral del inmueble, y después se aplican las bonificaciones que reconozca la ordenanza municipal.

Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.

Borja C.
Borja C.
Analista de Datos

Texto editorial asistido por IA; las cifras proceden exclusivamente de fuentes oficiales citadas, con validación humana. Ningún dato se inventa: si no hay fuente, se muestra «sin dato». Metodología.