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IBI en Alcobendas: 0,400 %

Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Alcobendas. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).

Tipo IBI urbano0,4 %Tipo general · Min. Hacienda 2025
Media nacional0,6 %2755 municipios
Posición nacional2532de 2755 (de mayor a menor tipo)

El tipo de gravamen del IBI urbano en Alcobendas es del 0,400 % sobre el valor catastral (Ministerio de Hacienda, 2025). Para un inmueble con un valor catastral de 100.000 €, la cuota anual del IBI ronda los 400 € (sin bonificaciones).

Tipos de gravamen vigentes

IBI urbano
0,400 %
Tipo general aplicable a viviendas y locales
IBI rústico
0,900 %
Bienes de naturaleza rústica
IBI BICES
1,300 %
Bienes de características especiales

Alcobendas dentro de la horquilla legal del IBI urbano

La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.

Tipo del municipio dentro de la horquilla legal
Alcobendas supera los 100.000 habitantes — máximo aplicable: 1,3 %
0,40 %0,40 %1,10 %1,30 %Mín. legalMáx. generalMáx. >100k hab.

Comparativa con la media

Alcobendas
0,400 %
Media nacional
0,619 %
Por debajo (-35,4 %)
Media en Comunidad de Madrid
0,512 %
129 municipios con dato

Cuota IBI estimada por valor catastral

Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.

Valor catastral 50.000 €
200 €
Cuota anual
Valor catastral 100.000 €
400 €
Cuota anual
Valor catastral 200.000 €
800 €
Cuota anual

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Bonificaciones del IBI en Alcobendas

Más allá del tipo de gravamen, cada ayuntamiento decide en su ordenanza fiscal qué bonificaciones aplica. El marco estatal (artículos 73 y 74 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales) prevé, entre otras:

  • Familia numerosa: bonificación potestativa de hasta el 90 % de la cuota, según categoría y valor catastral.
  • Vivienda de protección oficial (VPO): 50 % durante los tres años siguientes a la calificación definitiva (prorrogable por el ayuntamiento).
  • Energía solar / autoconsumo: hasta el 50 % por instalar sistemas de aprovechamiento de energía solar.
  • Domiciliación o pago anticipado: descuentos que fija cada ayuntamiento para fraccionar o adelantar el pago.

Los porcentajes concretos y los requisitos dependen de la ordenanza fiscal de Alcobendas. Consulta la sede electrónica del ayuntamiento para el detalle vigente.

El IBI en el contexto de Alcobendas

Alcobendas es un municipio situado en el norte de la Comunidad de Madrid, cercano a la capital española. Con una población de aproximadamente 123.342 habitantes, se caracteriza por ser una localidad dormitorio metropolitano, lo que significa que muchos de sus residentes trabajan en Madrid, pero prefieren vivir en un entorno más tranquilo y residencial. La proximidad a grandes centros empresariales y comerciales, junto con su buena conexión de transporte, hacen que la fiscalidad inmobiliaria sea un aspecto relevante para los propietarios y futuros compradores de viviendas en la zona.

El tipo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano en Alcobendas es del 0,4%, significativamente por debajo de la media nacional del 0,623% y también inferior a la media de la Comunidad de Madrid, que se sitúa en el 0,4628%. En el ranking nacional, Alcobendas ocupa la posición 137 de 147 municipios, lo que indica que su tipo impositivo es de los más bajos del país. Además, el tipo para inmuebles rústicos es del 0,9%, mientras que para Bienes Inmuebles de Características Especiales (BICES) es del 1,3%. Esta baja carga fiscal en el IBI urbano puede traducirse en una cuota anual más asequible para los propietarios de viviendas en la localidad, haciendo de Alcobendas una opción atractiva para quienes buscan establecer su residencia en las cercanías de Madrid.

Qué es el IBI

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.

El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.

Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.

Cómo se calcula el IBI
Cuota anualValor catastral × Tipo de gravamenEjemplo con valor catastral 100.000 €100.000 €×0,40 %=400 €V. catastralTipo IBICuota / añoCuota antes de bonificaciones

Preguntas frecuentes sobre el IBI en Alcobendas

¿Cuánto se paga de IBI en Alcobendas?

El tipo de gravamen del IBI urbano en Alcobendas es del 0,400 % sobre el valor catastral (Ministerio de Hacienda, 2025). Para un valor catastral de 100.000 €, la cuota anual ronda los 400 €, sin contar bonificaciones.

¿Cuándo se paga el IBI en Alcobendas?

Es contribuyente del IBI quien sea titular del inmueble a 1 de enero. La mayoría de ayuntamientos lo recaudan en uno o dos plazos entre primavera y otoño; el calendario exacto y la domiciliación los fija el ayuntamiento de Alcobendas en su ordenanza fiscal.

¿Cómo se calcula el IBI?

Se multiplica el tipo de gravamen (0,400 % en Alcobendas) por el valor catastral del inmueble, y después se aplican las bonificaciones que reconozca la ordenanza municipal.

Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.

Borja C.
Borja C.
Analista de Datos

Texto editorial asistido por IA; las cifras proceden exclusivamente de fuentes oficiales citadas, con validación humana. Ningún dato se inventa: si no hay fuente, se muestra «sin dato». Metodología.