IBI en Alcalá de Henares
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Alcalá de Henares. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Alcalá de Henares dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Alcalá de Henares
Alcalá de Henares, situada en la Comunidad de Madrid, es una ciudad de tamaño considerable con una población que supera los 200.000 habitantes. Conocida por su rica historia y su universidad, la ciudad se ha consolidado como un núcleo urbano importante en el Corredor del Henares. Aunque no es una capital de provincia, su proximidad a Madrid la convierte en un enclave estratégico, tanto para quienes buscan una residencia cercana a la capital como para aquellos interesados en el patrimonio cultural. Esta dualidad entre residencial y turística hace que la fiscalidad inmobiliaria sea un aspecto relevante para sus habitantes.
El tipo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano en Alcalá de Henares se sitúa en el 0,42%, por debajo de la media nacional del 0,623% y también inferior a la media de la Comunidad de Madrid, que es del 0,4628%. Esta posición coloca al municipio en el puesto 130 de 147 en el ranking nacional, indicando un IBI relativamente bajo. Además, el tipo rústico es del 0,9% y el aplicado a bienes inmuebles de características especiales (BICES) asciende al 1,3%. Esta fiscalidad más baja puede traducirse en una cuota anual más asequible para los propietarios de viviendas urbanas, lo que puede influir en la percepción de costes de vida en comparación con otras zonas de similar tamaño y características.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Madrid
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.