IBI en Torremolinos
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Torremolinos. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Torremolinos dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Torremolinos
Torremolinos es un municipio costero situado en la provincia de Málaga, en la comunidad autónoma de Andalucía. Con una población de aproximadamente 71.329 habitantes, es una localidad de carácter turístico, conocida por sus playas y su atractivo como destino vacacional. Este perfil turístico, junto con su cercanía a la ciudad de Málaga, convierte a Torremolinos en un lugar de interés tanto para visitantes como para residentes, lo que hace que la fiscalidad inmobiliaria sea un aspecto relevante para propietarios de viviendas, tanto de primera como de segunda residencia.
En cuanto al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano, Torremolinos presenta un tipo impositivo del 0,75%, situándose por encima de la media nacional del 0,623% y también por encima de la media de Andalucía, que es del 0,6799%. Ocupa la posición 31 en el ranking nacional de tipos de IBI entre 147 municipios. Además, el tipo para bienes rústicos es del 0,8% y para bienes de características especiales (BICES) es del 0,6%. Este tipo impositivo relativamente elevado puede implicar una cuota anual más alta para los propietarios de viviendas en comparación con otras áreas del país, lo que es un factor a considerar para quienes invierten en inmuebles en esta zona turística.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Málaga
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.