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FiscalidadIBIAndalucíaMálagaRincón de la Victoria

IBI en Rincón de la Victoria: 0,680 %

Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Rincón de la Victoria. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).

Tipo IBI urbano0,7 %Tipo general · Min. Hacienda 2025
Media nacional0,6 %2755 municipios
Posición nacional818de 2755 (de mayor a menor tipo)

El tipo de gravamen del IBI urbano en Rincón de la Victoria es del 0,680 % sobre el valor catastral (Ministerio de Hacienda, 2025). Para un inmueble con un valor catastral de 100.000 €, la cuota anual del IBI ronda los 680 € (sin bonificaciones).

Tipos de gravamen vigentes

IBI urbano
0,680 %
Tipo general aplicable a viviendas y locales
IBI rústico
0,840 %
Bienes de naturaleza rústica
IBI BICES
0,870 %
Bienes de características especiales

Rincón de la Victoria dentro de la horquilla legal del IBI urbano

La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.

Tipo del municipio dentro de la horquilla legal
0,68 %0,40 %1,10 %Mín. legalMáx. general

Comparativa con la media

Rincón de la Victoria
0,680 %
Media nacional
0,619 %
Por encima (9,8 %)
Media en Andalucía
0,610 %
546 municipios con dato

Cuota IBI estimada por valor catastral

Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.

Valor catastral 50.000 €
340 €
Cuota anual
Valor catastral 100.000 €
680 €
Cuota anual
Valor catastral 200.000 €
1360 €
Cuota anual

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Bonificaciones del IBI en Rincón de la Victoria

Más allá del tipo de gravamen, cada ayuntamiento decide en su ordenanza fiscal qué bonificaciones aplica. El marco estatal (artículos 73 y 74 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales) prevé, entre otras:

  • Familia numerosa: bonificación potestativa de hasta el 90 % de la cuota, según categoría y valor catastral.
  • Vivienda de protección oficial (VPO): 50 % durante los tres años siguientes a la calificación definitiva (prorrogable por el ayuntamiento).
  • Energía solar / autoconsumo: hasta el 50 % por instalar sistemas de aprovechamiento de energía solar.
  • Domiciliación o pago anticipado: descuentos que fija cada ayuntamiento para fraccionar o adelantar el pago.

Los porcentajes concretos y los requisitos dependen de la ordenanza fiscal de Rincón de la Victoria. Consulta la sede electrónica del ayuntamiento para el detalle vigente.

El IBI en el contexto de Rincón de la Victoria

Rincón de la Victoria, situado en la provincia de Málaga, es un municipio costero que forma parte del área metropolitana de Málaga. Con una población de aproximadamente 52.454 habitantes, esta localidad se ha consolidado como un popular destino turístico y una opción atractiva para segundas residencias, gracias a su cercanía a la capital malagueña y a sus playas. La fiscalidad inmobiliaria en Rincón de la Victoria es de gran relevancia, dado su carácter de zona residencial y turística, lo que impacta directamente en la economía de sus habitantes y propietarios de inmuebles.

El tipo impositivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano en Rincón de la Victoria es del 0,68%, situándose ligeramente por encima de la media nacional del 0,623% y casi en línea con la media de Andalucía, que es del 0,6799%. En el ranking nacional, ocupa la posición 49 de un total de 147 municipios, lo que indica un tipo impositivo relativamente alto. Además, el municipio aplica un tipo del 0,84% para inmuebles rústicos y del 0,87% para Bienes de Características Especiales (BICES). Este contexto fiscal puede traducirse en una cuota anual de IBI considerable para los propietarios, especialmente en comparación con otras localidades de menor carga impositiva.

Qué es el IBI

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.

El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.

Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.

Cómo se calcula el IBI
Cuota anualValor catastral × Tipo de gravamenEjemplo con valor catastral 100.000 €100.000 €×0,68 %=680 €V. catastralTipo IBICuota / añoCuota antes de bonificaciones

Preguntas frecuentes sobre el IBI en Rincón de la Victoria

¿Cuánto se paga de IBI en Rincón de la Victoria?

El tipo de gravamen del IBI urbano en Rincón de la Victoria es del 0,680 % sobre el valor catastral (Ministerio de Hacienda, 2025). Para un valor catastral de 100.000 €, la cuota anual ronda los 680 €, sin contar bonificaciones.

¿Cuándo se paga el IBI en Rincón de la Victoria?

Es contribuyente del IBI quien sea titular del inmueble a 1 de enero. La mayoría de ayuntamientos lo recaudan en uno o dos plazos entre primavera y otoño; el calendario exacto y la domiciliación los fija el ayuntamiento de Rincón de la Victoria en su ordenanza fiscal.

¿Cómo se calcula el IBI?

Se multiplica el tipo de gravamen (0,680 % en Rincón de la Victoria) por el valor catastral del inmueble, y después se aplican las bonificaciones que reconozca la ordenanza municipal.

Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.

Borja C.
Borja C.
Analista de Datos

Texto editorial asistido por IA; las cifras proceden exclusivamente de fuentes oficiales citadas, con validación humana. Ningún dato se inventa: si no hay fuente, se muestra «sin dato». Metodología.