IBI en Benalmádena
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Benalmádena. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Benalmádena dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Benalmádena
Benalmádena, situada en la provincia de Málaga, es una localidad costera en la comunidad autónoma de Andalucía. Con una población de aproximadamente 78.338 habitantes, se ha consolidado como un importante destino turístico gracias a su clima mediterráneo, playas y vida cultural. Este carácter turístico, junto con su proximidad a Málaga, la convierte en una zona atractiva tanto para visitantes como para residentes, influyendo directamente en su mercado inmobiliario. La fiscalidad inmobiliaria, por tanto, juega un papel crucial para propietarios de viviendas, ya sean estas primera o segunda residencia.
El tipo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano en Benalmádena es del 0,65%, ligeramente por encima de la media nacional del 0,623% pero por debajo de la media de Andalucía, que se sitúa en el 0,6799%. En el ranking nacional, Benalmádena ocupa la posición 64 de un total de 147 municipios. En cuanto al tipo rústico, se establece en el 0,9%, y el tipo para Bienes Inmuebles de Características Especiales (BICES) es del 0,6%. Esta posición en el ranking y los tipos aplicados reflejan un coste fiscal moderado para los propietarios de inmuebles, lo que puede suponer una ventaja competitiva en comparación con otras localidades de la región.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Málaga
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.