IBI en Vélez-Málaga
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Vélez-Málaga. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Vélez-Málaga dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Vélez-Málaga
Vélez-Málaga es un municipio situado en la provincia de Málaga, en la comunidad autónoma de Andalucía. Con una población de aproximadamente 86.048 habitantes, se encuentra en la comarca de la Axarquía, una zona conocida por su atractivo turístico y agrícola. Su proximidad a la costa y su clima mediterráneo la convierten en un destino popular tanto para el turismo como para las segundas residencias. La fiscalidad inmobiliaria en Vélez-Málaga es relevante debido al interés de inversores y propietarios que buscan aprovechar el crecimiento del sector turístico y la demanda de vivienda en la región.
El tipo de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano en Vélez-Málaga es del 0,64%, situándose por encima de la media nacional del 0,623% y ligeramente por debajo de la media de Andalucía, que es del 0,6799%. En el ranking nacional, ocupa la posición 66 de 147 municipios, lo que indica un nivel impositivo moderado. Además, el tipo de IBI rústico es del 0,6% y el de Bienes Inmuebles de Características Especiales (BICES) del 0,85%. Este tipo de fiscalidad puede influir en la cuota anual que pagan los propietarios, haciendo que sea competitiva en comparación con otras localidades de la comunidad, lo que podría ser un factor a considerar para quienes buscan invertir en la zona.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Málaga
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.