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FiscalidadIBIJerez de la Frontera

IBI en Jerez de la Frontera

Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Jerez de la Frontera. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).

Tipo IBI urbano0,7 %Tipo general · Min. Hacienda 2025
Media nacional0,6 %147 municipios
Posición nacional60de 147 (de mayor a menor tipo)

Tipos de gravamen vigentes

IBI urbano
0,652 %
Tipo general aplicable a viviendas y locales
IBI rústico
0,772 %
Bienes de naturaleza rústica
IBI BICES
1,300 %
Bienes de características especiales

Jerez de la Frontera dentro de la horquilla legal del IBI urbano

La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.

Tipo del municipio dentro de la horquilla legal
Jerez de la Frontera supera los 100.000 habitantes — máximo aplicable: 1,3 %
0,652 %0,40 %1,10 %1,30 %Mín. legalMáx. generalMáx. >100k hab.

Comparativa con la media

Jerez de la Frontera
0,652 %
Media nacional
0,623 %
Por encima (4,7 %)
Media en Andalucía
0,680 %
30 municipios con dato

Cuota IBI estimada por valor catastral

Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.

Valor catastral 50.000 €
326 €
Cuota anual
Valor catastral 100.000 €
652 €
Cuota anual
Valor catastral 200.000 €
1304 €
Cuota anual

Ir a la calculadora IBI con tu valor catastral →

El IBI en el contexto de Jerez de la Frontera

Jerez de la Frontera, situada en la provincia de Cádiz, en la comunidad autónoma de Andalucía, es un municipio de notable importancia debido a su considerable población de aproximadamente 213.634 habitantes. Aunque no es la capital de provincia, Jerez es un centro urbano destacado por su riqueza cultural, vinícola y su relevancia turística. La fiscalidad inmobiliaria es un aspecto crucial en Jerez, dado que la ciudad combina elementos de zona turística y residencial, lo que influye en el mercado de la vivienda y en las decisiones de inversión inmobiliaria.

El tipo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano en Jerez de la Frontera es del 0,652%, situándose por encima de la media nacional del 0,623% pero ligeramente por debajo de la media de Andalucía, que es del 0,6799%. Jerez ocupa la posición 60 en el ranking nacional de tipos de IBI urbano, de un total de 147 municipios. Además, el tipo para bienes de naturaleza rústica es del 0,772% y para Bienes de Características Especiales (BICES) es del 1,3%. Estos tipos impositivos afectan directamente a la cuota anual que los propietarios deben pagar, lo que puede tener un impacto significativo en el presupuesto familiar, especialmente si se compara con otras localidades de la región y del país.

Qué es el IBI

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.

El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.

Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.

Cómo se calcula el IBI
Cuota anualValor catastral × Tipo de gravamenEjemplo con valor catastral 100.000 €100.000 €×0,652 %=652 €V. catastralTipo IBICuota / añoCuota antes de bonificaciones

Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.