IBI en Granollers
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Granollers. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Granollers dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Granollers
Granollers, situada en la provincia de Barcelona, es una localidad que se caracteriza por su dinamismo económico y su cercanía a la capital catalana. Con una población de aproximadamente 65.341 habitantes, se ha consolidado como un importante núcleo urbano dentro de la comarca del Vallès Oriental. Su proximidad a Barcelona y su buena conexión por transporte la convierten en una ciudad dormitorio para muchos trabajadores que buscan un equilibrio entre la vida urbana y la tranquilidad de una ciudad más pequeña. Este contexto hace que la fiscalidad inmobiliaria, como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), sea un factor relevante para los residentes y potenciales compradores de vivienda.
El tipo de IBI urbano en Granollers es del 0,991%, notablemente por encima de la media nacional, que se sitúa en el 0,623%, y también supera la media de Cataluña, del 0,7799%. Esto posiciona a Granollers en el quinto lugar en el ranking nacional de tipos de IBI, de un total de 147 municipios. Además del IBI urbano, la localidad aplica un tipo del 0,682% para el rústico y del 1,3% para BICES. Este elevado tipo impositivo urbano implica que los propietarios en Granollers pueden enfrentar cuotas anuales más altas en comparación con otras localidades, afectando directamente el costo de vida y la inversión inmobiliaria en la zona.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Barcelona
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.