IBI en Manresa
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Manresa. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Manresa dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Manresa
Manresa, situada en la provincia de Barcelona, es una ciudad con una población aproximada de 80.974 habitantes. Se encuentra en el corazón de Cataluña, en la comarca del Bages, y no es capital de provincia. Su ubicación estratégica y su carácter de núcleo urbano la convierten en un punto de interés tanto para residentes como para inversores inmobiliarios. La fiscalidad inmobiliaria juega un papel crucial en esta localidad, ya que influye en la decisión de compra de propiedades, especialmente en un entorno donde el mercado inmobiliario puede variar entre zonas urbanas y rurales.
El tipo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano en Manresa es del 1,005%, un porcentaje significativamente superior a la media nacional del 0,623% y también por encima de la media de Cataluña, que se sitúa en el 0,7799%. Este tipo coloca a Manresa en la cuarta posición en el ranking nacional de municipios en cuanto a la carga del IBI urbano. Además, el tipo para inmuebles rústicos es del 0,427% y para BICES del 1,3%. Este elevado tipo impositivo urbano implica que los propietarios en Manresa afrontan una cuota anual mayor en comparación con muchas otras localidades, lo que puede influir en el coste total de la tenencia de una vivienda en la ciudad.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Barcelona
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.