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IBI en Torrejón de Ardoz: 0,525 %

Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Torrejón de Ardoz. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).

Tipo IBI urbano0,5 %Tipo general · Min. Hacienda 2025
Media nacional0,6 %2755 municipios
Posición nacional1910de 2755 (de mayor a menor tipo)

El tipo de gravamen del IBI urbano en Torrejón de Ardoz es del 0,525 % sobre el valor catastral (Ministerio de Hacienda, 2025). Para un inmueble con un valor catastral de 100.000 €, la cuota anual del IBI ronda los 525 € (sin bonificaciones).

Tipos de gravamen vigentes

IBI urbano
0,525 %
Tipo general aplicable a viviendas y locales
IBI rústico
0,645 %
Bienes de naturaleza rústica
IBI BICES
1,300 %
Bienes de características especiales

Torrejón de Ardoz dentro de la horquilla legal del IBI urbano

La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.

Tipo del municipio dentro de la horquilla legal
Torrejón de Ardoz supera los 100.000 habitantes — máximo aplicable: 1,3 %
0,525 %0,40 %1,10 %1,30 %Mín. legalMáx. generalMáx. >100k hab.

Comparativa con la media

Torrejón de Ardoz
0,525 %
Media nacional
0,619 %
Por debajo (-15,2 %)
Media en Comunidad de Madrid
0,512 %
129 municipios con dato

Cuota IBI estimada por valor catastral

Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.

Valor catastral 50.000 €
263 €
Cuota anual
Valor catastral 100.000 €
525 €
Cuota anual
Valor catastral 200.000 €
1050 €
Cuota anual

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Bonificaciones del IBI en Torrejón de Ardoz

Más allá del tipo de gravamen, cada ayuntamiento decide en su ordenanza fiscal qué bonificaciones aplica. El marco estatal (artículos 73 y 74 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales) prevé, entre otras:

  • Familia numerosa: bonificación potestativa de hasta el 90 % de la cuota, según categoría y valor catastral.
  • Vivienda de protección oficial (VPO): 50 % durante los tres años siguientes a la calificación definitiva (prorrogable por el ayuntamiento).
  • Energía solar / autoconsumo: hasta el 50 % por instalar sistemas de aprovechamiento de energía solar.
  • Domiciliación o pago anticipado: descuentos que fija cada ayuntamiento para fraccionar o adelantar el pago.

Los porcentajes concretos y los requisitos dependen de la ordenanza fiscal de Torrejón de Ardoz. Consulta la sede electrónica del ayuntamiento para el detalle vigente.

El IBI en el contexto de Torrejón de Ardoz

Torrejón de Ardoz, situado en la Comunidad de Madrid, es un municipio con una población de aproximadamente 143.526 habitantes. Localizado al noreste de la capital española, forma parte del área metropolitana de Madrid, lo que lo convierte en un importante municipio dormitorio. Su proximidad a la capital y sus buenas conexiones de transporte hacen que sea una opción atractiva para quienes trabajan en Madrid pero buscan una residencia en un entorno más tranquilo. La fiscalidad inmobiliaria, en particular el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), es un aspecto relevante para los residentes y propietarios, ya que afecta directamente al costo de vivir en esta localidad.

El tipo de IBI urbano en Torrejón de Ardoz es del 0,525%, lo que se sitúa por debajo de la media nacional del 0,623%. Sin embargo, está por encima de la media de la Comunidad de Madrid, que es del 0,4628%. En el ranking nacional, Torrejón de Ardoz ocupa la posición 98 de 147 municipios. Además, el tipo de IBI rústico es del 0,6454% y el de Bienes de Características Especiales (BICES) es del 1,3%. Este tipo impositivo relativamente bajo en comparación con la media nacional implica que los propietarios de viviendas en Torrejón de Ardoz podrían beneficiarse de una cuota anual más asequible, lo que puede ser un factor atractivo para potenciales compradores e inversores.

Qué es el IBI

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.

El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.

Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.

Cómo se calcula el IBI
Cuota anualValor catastral × Tipo de gravamenEjemplo con valor catastral 100.000 €100.000 €×0,525 %=525 €V. catastralTipo IBICuota / añoCuota antes de bonificaciones

Preguntas frecuentes sobre el IBI en Torrejón de Ardoz

¿Cuánto se paga de IBI en Torrejón de Ardoz?

El tipo de gravamen del IBI urbano en Torrejón de Ardoz es del 0,525 % sobre el valor catastral (Ministerio de Hacienda, 2025). Para un valor catastral de 100.000 €, la cuota anual ronda los 525 €, sin contar bonificaciones.

¿Cuándo se paga el IBI en Torrejón de Ardoz?

Es contribuyente del IBI quien sea titular del inmueble a 1 de enero. La mayoría de ayuntamientos lo recaudan en uno o dos plazos entre primavera y otoño; el calendario exacto y la domiciliación los fija el ayuntamiento de Torrejón de Ardoz en su ordenanza fiscal.

¿Cómo se calcula el IBI?

Se multiplica el tipo de gravamen (0,525 % en Torrejón de Ardoz) por el valor catastral del inmueble, y después se aplican las bonificaciones que reconozca la ordenanza municipal.

Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.

Borja C.
Borja C.
Analista de Datos

Texto editorial asistido por IA; las cifras proceden exclusivamente de fuentes oficiales citadas, con validación humana. Ningún dato se inventa: si no hay fuente, se muestra «sin dato». Metodología.