IBI en Siete Aguas: 0,500 %
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Siete Aguas. Datos del Ministerio de Hacienda (2026).
El tipo de gravamen del IBI urbano en Siete Aguas es del 0,500 % sobre el valor catastral (Ministerio de Hacienda, 2026). Para un inmueble con un valor catastral de 100.000 €, la cuota anual del IBI ronda los 500 € (sin bonificaciones).
Tipos de gravamen vigentes
Siete Aguas dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
El IBI de Siete Aguas en la provincia de Valencia
Entre los 178 municipios de la provincia con tipo de IBI urbano publicado, Siete Aguas ocupa el puesto 149 de mayor a menor tipo.
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
Bonificaciones del IBI en Siete Aguas
Más allá del tipo de gravamen, cada ayuntamiento decide en su ordenanza fiscal qué bonificaciones aplica. El marco estatal (artículos 73 y 74 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales) prevé, entre otras:
- Familia numerosa: bonificación potestativa de hasta el 90 % de la cuota, según categoría y valor catastral.
- Vivienda de protección oficial (VPO): 50 % durante los tres años siguientes a la calificación definitiva (prorrogable por el ayuntamiento).
- Energía solar / autoconsumo: hasta el 50 % por instalar sistemas de aprovechamiento de energía solar.
- Domiciliación o pago anticipado: descuentos que fija cada ayuntamiento para fraccionar o adelantar el pago.
Los porcentajes concretos y los requisitos dependen de la ordenanza fiscal de Siete Aguas. Consulta la sede electrónica del ayuntamiento para el detalle vigente.
El IBI en el contexto de Siete Aguas
El IBI urbano en Siete Aguas se grava al 0,5 % del valor catastral, según el Ministerio de Hacienda para 2026. Ese tipo queda por debajo de la media nacional, en el 0,622 %, y también por debajo de la media provincial de Valencia (0,652 %).
Sobre un valor catastral de 100.000 €, eso supone una cuota anual aproximada de 500 €, sin aplicar bonificaciones. Entre los 178 municipios de la provincia de Valencia con tipo publicado, Siete Aguas ocupa el puesto 154 de mayor a menor: el más alto es Marines (1,1 %) y el más bajo Cofrentes (0,4 %). El tipo rústico es del 0,84 % y el de bienes de características especiales (BICES), del 0,6 %.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Valencia
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Preguntas frecuentes sobre el IBI en Siete Aguas
¿Cuánto se paga de IBI en Siete Aguas?
El tipo de gravamen del IBI urbano en Siete Aguas es del 0,500 % sobre el valor catastral (Ministerio de Hacienda, 2026). Para un valor catastral de 100.000 €, la cuota anual ronda los 500 €, sin contar bonificaciones.
¿Cuándo se paga el IBI en Siete Aguas?
Es contribuyente del IBI quien sea titular del inmueble a 1 de enero. La mayoría de ayuntamientos lo recaudan en uno o dos plazos entre primavera y otoño; el calendario exacto y la domiciliación los fija el ayuntamiento de Siete Aguas en su ordenanza fiscal.
¿Cómo se calcula el IBI?
Se multiplica el tipo de gravamen (0,500 % en Siete Aguas) por el valor catastral del inmueble, y después se aplican las bonificaciones que reconozca la ordenanza municipal.
Otros impuestos de la vivienda en Siete Aguas
El impuesto sobre el incremento de valor del terreno al vender o heredar en Siete Aguas.
Cuánto se paga al comprar o heredar vivienda según la comunidad autónoma.
Estima la cuota anual del IBI a partir del valor catastral y el tipo del municipio.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Tipos de gravamen IBI por municipio (régimen común). Datos de 2026. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.
Texto editorial asistido por IA; las cifras proceden exclusivamente de fuentes oficiales citadas, con validación humana. Ningún dato se inventa: si no hay fuente, se muestra «sin dato». Metodología.