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IBI en Renedo de Esgueva: 0,600 %

Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Renedo de Esgueva. Datos del Ministerio de Hacienda (2026).

Tipo IBI urbano0,6 %Tipo general · Min. Hacienda 2026
Media nacional0,6 %2732 municipios
Posición nacional1292de 2732 (de mayor a menor tipo)

El tipo de gravamen del IBI urbano en Renedo de Esgueva es del 0,600 % sobre el valor catastral (Ministerio de Hacienda, 2026). Para un inmueble con un valor catastral de 100.000 €, la cuota anual del IBI ronda los 600 € (sin bonificaciones).

Tipos de gravamen vigentes

IBI urbano
0,600 %
Tipo general aplicable a viviendas y locales
IBI rústico
0,600 %
Bienes de naturaleza rústica
IBI BICES
1,300 %
Bienes de características especiales

Renedo de Esgueva dentro de la horquilla legal del IBI urbano

La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.

Tipo del municipio dentro de la horquilla legal
0,60 %0,40 %1,10 %Mín. legalMáx. general

Comparativa con la media

Renedo de Esgueva
0,600 %
Media nacional
0,622 %
Por debajo (-3,5 %)
Media en Castilla y León
0,550 %
210 municipios con dato

El IBI de Renedo de Esgueva en la provincia de Valladolid

Entre los 35 municipios de la provincia con tipo de IBI urbano publicado, Renedo de Esgueva ocupa el puesto 11 de mayor a menor tipo.

Tipo más alto de la provincia
0,780 %
Nava del Rey
Tipo más bajo de la provincia
0,400 %
Aldeamayor de San Martín

Cuota IBI estimada por valor catastral

Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.

Valor catastral 50.000 €
300 €
Cuota anual
Valor catastral 100.000 €
600 €
Cuota anual
Valor catastral 200.000 €
1200 €
Cuota anual

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Bonificaciones del IBI en Renedo de Esgueva

Más allá del tipo de gravamen, cada ayuntamiento decide en su ordenanza fiscal qué bonificaciones aplica. El marco estatal (artículos 73 y 74 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales) prevé, entre otras:

  • Familia numerosa: bonificación potestativa de hasta el 90 % de la cuota, según categoría y valor catastral.
  • Vivienda de protección oficial (VPO): 50 % durante los tres años siguientes a la calificación definitiva (prorrogable por el ayuntamiento).
  • Energía solar / autoconsumo: hasta el 50 % por instalar sistemas de aprovechamiento de energía solar.
  • Domiciliación o pago anticipado: descuentos que fija cada ayuntamiento para fraccionar o adelantar el pago.

Los porcentajes concretos y los requisitos dependen de la ordenanza fiscal de Renedo de Esgueva. Consulta la sede electrónica del ayuntamiento para el detalle vigente.

El IBI en el contexto de Renedo de Esgueva

El IBI urbano en Renedo de Esgueva se grava al 0,6 % del valor catastral, según el Ministerio de Hacienda para 2026. Ese tipo queda por debajo de la media nacional, en el 0,622 %, aunque por encima de la media provincial de Valladolid (0,564 %).

En la práctica, un inmueble con 100.000 € de valor catastral pagaría alrededor de 600 € al año de IBI antes de bonificaciones. Entre los 35 municipios de la provincia de Valladolid con tipo publicado, Renedo de Esgueva ocupa el puesto 12 de mayor a menor: el más alto es Nava del Rey (0,78 %) y el más bajo Rueda (0,4 %). El tipo rústico es del 0,6 % y el de bienes de características especiales (BICES), del 1,3 %.

Qué es el IBI

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.

El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.

Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.

Cómo se calcula el IBI
Cuota anualValor catastral × Tipo de gravamenEjemplo con valor catastral 100.000 €100.000 €×0,60 %=600 €V. catastralTipo IBICuota / añoCuota antes de bonificaciones

Preguntas frecuentes sobre el IBI en Renedo de Esgueva

¿Cuánto se paga de IBI en Renedo de Esgueva?

El tipo de gravamen del IBI urbano en Renedo de Esgueva es del 0,600 % sobre el valor catastral (Ministerio de Hacienda, 2026). Para un valor catastral de 100.000 €, la cuota anual ronda los 600 €, sin contar bonificaciones.

¿Cuándo se paga el IBI en Renedo de Esgueva?

Es contribuyente del IBI quien sea titular del inmueble a 1 de enero. La mayoría de ayuntamientos lo recaudan en uno o dos plazos entre primavera y otoño; el calendario exacto y la domiciliación los fija el ayuntamiento de Renedo de Esgueva en su ordenanza fiscal.

¿Cómo se calcula el IBI?

Se multiplica el tipo de gravamen (0,600 % en Renedo de Esgueva) por el valor catastral del inmueble, y después se aplican las bonificaciones que reconozca la ordenanza municipal.

Fuente: Ministerio de Hacienda — Tipos de gravamen IBI por municipio (régimen común). Datos de 2026. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.

Borja C.
Borja C.
Analista de Datos

Texto editorial asistido por IA; las cifras proceden exclusivamente de fuentes oficiales citadas, con validación humana. Ningún dato se inventa: si no hay fuente, se muestra «sin dato». Metodología.