IBI en Valladolid
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Valladolid. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Valladolid dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Valladolid
Valladolid, situada en el noroeste de España, es la capital de la provincia homónima y pertenece a la comunidad autónoma de Castilla y León. Con una población de aproximadamente 302.614 habitantes, es un importante centro urbano en la región, destacando por su relevancia histórica y cultural. Su ubicación estratégica en el interior de la península y su papel como capital provincial hacen que la fiscalidad inmobiliaria sea un aspecto relevante para sus residentes y propietarios de inmuebles. La ciudad combina un sector turístico emergente con un mercado inmobiliario activo, lo que aumenta el interés por conocer las particularidades del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en esta localidad.
El tipo del IBI urbano en Valladolid es del 0,5837%, lo que sitúa al municipio por debajo de la media nacional del 0,623% y también por debajo de la media de Castilla y León, que es del 0,6256%. En el ranking nacional, Valladolid ocupa la posición 83 de 147 municipios, indicando una fiscalidad moderada respecto a otras localidades del país. Además, el tipo de IBI rústico es del 1,0165%, mientras que el tipo para bienes inmuebles de características especiales (BICES) es del 0,57%. Esta posición en el ranking y los tipos aplicados pueden traducirse en una cuota anual más competitiva para los propietarios de viviendas urbanas en comparación con otras ciudades de similar tamaño en España.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.