IBI en Oviedo
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Oviedo. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Oviedo dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Oviedo
Oviedo, situada en el corazón del Principado de Asturias, es la capital de la provincia y una de las ciudades más pobladas de la región, con aproximadamente 223.968 habitantes. Como núcleo urbano con una rica herencia histórica y cultural, Oviedo es un importante centro administrativo y universitario. Su ubicación en una zona de gran atractivo turístico y su condición de capital hacen que la fiscalidad inmobiliaria sea un aspecto relevante tanto para residentes como para inversores. La ciudad combina su papel como centro administrativo con una oferta cultural y turística que atrae a visitantes y potenciales compradores de inmuebles.
El tipo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano en Oviedo es del 0,58%, ligeramente por debajo de la media nacional del 0,623%, pero por encima de la media del Principado de Asturias, que se sitúa en el 0,5725%. Oviedo ocupa la posición 85 en el ranking nacional de tipos de IBI urbano sobre un total de 147 municipios analizados. Además, el tipo de IBI rústico es del 0,77% y el de BICES (Bienes Inmuebles de Características Especiales) alcanza el 1,3%. Este tipo de gravamen puede influir en la cuota anual que pagan los propietarios de viviendas, siendo un factor a considerar al evaluar el coste total de la propiedad en la ciudad.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Asturias
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.