IBI en Siero: 0,580 %
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Siero. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
El tipo de gravamen del IBI urbano en Siero es del 0,580 % sobre el valor catastral (Ministerio de Hacienda, 2025). Para un inmueble con un valor catastral de 100.000 €, la cuota anual del IBI ronda los 580 € (sin bonificaciones).
Tipos de gravamen vigentes
Siero dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
Bonificaciones del IBI en Siero
Más allá del tipo de gravamen, cada ayuntamiento decide en su ordenanza fiscal qué bonificaciones aplica. El marco estatal (artículos 73 y 74 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales) prevé, entre otras:
- Familia numerosa: bonificación potestativa de hasta el 90 % de la cuota, según categoría y valor catastral.
- Vivienda de protección oficial (VPO): 50 % durante los tres años siguientes a la calificación definitiva (prorrogable por el ayuntamiento).
- Energía solar / autoconsumo: hasta el 50 % por instalar sistemas de aprovechamiento de energía solar.
- Domiciliación o pago anticipado: descuentos que fija cada ayuntamiento para fraccionar o adelantar el pago.
Los porcentajes concretos y los requisitos dependen de la ordenanza fiscal de Siero. Consulta la sede electrónica del ayuntamiento para el detalle vigente.
El IBI en el contexto de Siero
Siero es un municipio ubicado en el centro del Principado de Asturias, en el norte de España. Con una población de aproximadamente 53.049 habitantes, Siero se encuentra en una posición estratégica cerca de Oviedo y Gijón, lo que lo convierte en un área de interés tanto para residentes locales como para aquellos que buscan una segunda residencia en una zona que combina el encanto rural con la cercanía a núcleos urbanos importantes. Esto hace que la fiscalidad inmobiliaria sea un tema relevante para los propietarios y potenciales compradores de inmuebles en la zona, ya que influye directamente en los costos asociados a la tenencia de propiedades.
En cuanto al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano en Siero, el tipo impositivo se sitúa en el 0,58%, ligeramente por debajo de la media nacional del 0,623% y muy cercano a la media autonómica del 0,5725%. Esto ubica a Siero en la posición 86 de un total de 147 municipios en el ranking nacional. Además, el municipio aplica un tipo del 0,5% para inmuebles rústicos y del 0,6% para Bienes Inmuebles de Características Especiales (BICES). Estos tipos impositivos relativamente moderados pueden resultar en cuotas anuales más competitivas para los propietarios, lo cual es un factor atractivo para quienes buscan invertir en el mercado inmobiliario local.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Asturias
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Preguntas frecuentes sobre el IBI en Siero
¿Cuánto se paga de IBI en Siero?
El tipo de gravamen del IBI urbano en Siero es del 0,580 % sobre el valor catastral (Ministerio de Hacienda, 2025). Para un valor catastral de 100.000 €, la cuota anual ronda los 580 €, sin contar bonificaciones.
¿Cuándo se paga el IBI en Siero?
Es contribuyente del IBI quien sea titular del inmueble a 1 de enero. La mayoría de ayuntamientos lo recaudan en uno o dos plazos entre primavera y otoño; el calendario exacto y la domiciliación los fija el ayuntamiento de Siero en su ordenanza fiscal.
¿Cómo se calcula el IBI?
Se multiplica el tipo de gravamen (0,580 % en Siero) por el valor catastral del inmueble, y después se aplican las bonificaciones que reconozca la ordenanza municipal.
Otros impuestos de la vivienda en Siero
El impuesto sobre el incremento de valor del terreno al vender o heredar en Siero.
Cuánto se paga al comprar o heredar vivienda según la comunidad autónoma.
Estima la cuota anual del IBI a partir del valor catastral y el tipo del municipio.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.
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