IBI en Molina de Segura
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Molina de Segura. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Molina de Segura dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Molina de Segura
Molina de Segura se ubica en la Región de Murcia, al sureste de España, y es parte del área metropolitana de Murcia. Con una población aproximada de 78.458 habitantes, es uno de los municipios más populosos de la comarca, funcionando como una ciudad dormitorio para quienes trabajan en la capital regional. Su cercanía a Murcia y su crecimiento demográfico han incrementado la importancia de la fiscalidad inmobiliaria en la zona, ya que afecta directamente a un número significativo de propietarios de viviendas que buscan establecerse en un entorno más tranquilo pero accesible a la gran ciudad.
En cuanto al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en Molina de Segura, el tipo impositivo urbano se sitúa en el 0,8075%, lo que lo coloca por encima de la media nacional del 0,623% y también superior a la media de la Comunidad Autónoma de Murcia, que es del 0,7149%. Este municipio ocupa la posición número 21 en el ranking nacional de tipos impositivos, de un total de 147 municipios analizados. Además, el tipo rústico es del 0,8% y el de Bienes Inmuebles de Características Especiales (BICES) es del 0,74%. Este nivel impositivo más elevado implica que los propietarios de viviendas en Molina de Segura enfrentan una cuota anual del IBI más alta que el promedio nacional, lo cual es un factor relevante a considerar al evaluar el coste total de poseer una propiedad en esta zona.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Murcia
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.