IBI en Jaén
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Jaén. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Jaén dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Jaén
Jaén, capital de la provincia homónima en Andalucía, se sitúa en el sur de España y cuenta con una población de aproximadamente 112.235 habitantes. Como capital provincial, Jaén es un importante centro administrativo y económico de la región, con un notable peso poblacional y una economía diversificada que incluye sectores como el agrícola, especialmente el olivarero, y el turístico, gracias a su patrimonio histórico y cultural. La fiscalidad inmobiliaria en Jaén, como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), es relevante tanto para los residentes como para los inversores, dado el dinamismo del mercado inmobiliario en la zona.
El tipo impositivo del IBI urbano en Jaén es del 0,65%, situándose ligeramente por encima de la media nacional del 0,623%, pero por debajo de la media de su comunidad autónoma, que es del 0,6799%. En el ranking nacional, Jaén ocupa la posición 63 de 147 municipios. Además, el municipio aplica un tipo del 0,6% para el IBI rústico y del 0,65% para BICES. Este tipo impositivo relativamente moderado en comparación con la media autonómica puede implicar una cuota anual más accesible para los propietarios de viviendas urbanas en Jaén, lo que podría contribuir a hacer más atractiva la inversión inmobiliaria en la ciudad.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Jaén
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.