IBI en Granadilla de Abona
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Granadilla de Abona. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Granadilla de Abona dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Granadilla de Abona
Granadilla de Abona se encuentra en la provincia de Santa Cruz de Tenerife, dentro de la comunidad autónoma de Canarias. Con una población de aproximadamente 58.752 habitantes, este municipio no es capital de provincia, pero es un punto relevante en la isla de Tenerife. Su ubicación en la costa sur y su proximidad a zonas turísticas importantes como El Médano, lo convierten en un área atractiva tanto para residentes permanentes como para propietarios de segundas residencias. La fiscalidad inmobiliaria en Granadilla de Abona adquiere relevancia debido al dinamismo del mercado inmobiliario, impulsado por el turismo y la demanda de viviendas.
El tipo de IBI urbano en Granadilla de Abona es del 0,4%, notablemente por debajo de la media nacional del 0,623% y también inferior a la media de Canarias, situada en el 0,5244%. En el ranking nacional, se ubica en la posición 144 de 147 municipios, lo que implica un nivel impositivo muy bajo en comparación con otros municipios españoles. Además, el tipo de IBI rústico es del 0,75% y el de bienes inmuebles de características especiales (BICES) es del 1,0%. Esta baja tasa de IBI urbano puede traducirse en cuotas anuales más accesibles para los propietarios de viviendas en la zona, lo que podría favorecer tanto a residentes como a inversores en el mercado inmobiliario local.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Santa Cruz de Tenerife
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.