Comprar tu primera vivienda siendo joven: tipos reducidos y ayudas en 2025
Si tienes menos de 35-36 anos y vas a comprar tu primera vivienda, tienes acceso a tipos reducidos de ITP que pueden ahorrarte miles de euros. La mayoria de comunidades autonomas los tienen, pero los requisitos varian.
Que ventajas fiscales tienen los jovenes compradores
La mayor ventaja es el tipo reducido de ITP que aplican casi todas las CCAA para compradores jovenes que adquieren su primera vivienda habitual. Los requisitos mas habituales son:
- Ser menor de 35 o 36 anos (segun la CCAA).
- Que sea primera vivienda habitual.
- En muchos casos, limite de precio del inmueble.
- En algunos casos, limite de renta del comprador.
Tipos reducidos en 2025 (seleccion)
| CCAA | Tipo general | Tipo joven | Condiciones |
|---|---|---|---|
| Andalucia | 7 % | 3,5 % | ≤35 anos, VH ≤150.000 € |
| Baleares | 8 % | 2 % | ≤36 anos, con limite por isla |
| Cantabria | 9 % | 4 % | ≤36 anos, VH ≤300.000 € |
| Galicia | 8 % | 3 % | ≤36 anos, limite patrimonio |
| La Rioja | 7 % | 4 % | ≤40 anos, desde Ley 1/2025 |
| Pais Vasco | 4 % | 2,5 % | ≤35 anos, ≤96 m² utiles |
Usa la calculadora de ITP/AJD para calcular el ahorro en tu CCAA.
Cuanto puedo ahorrar
Ejemplo: piso de 180.000 € en Andalucia.
- Tipo general: 180.000 × 7 % = 12.600 €
- Tipo reducido joven: 180.000 × 3,5 % = 6.300 €
- Ahorro: 6.300 €
El Plan de Vivienda Estatal
El Plan de Vivienda 2022-2025 del Ministerio incluye ayudas para jovenes compradores de vivienda protegida (VPO) y para el alquiler. Las convocatorias las gestionan las CCAA.
Consejos practicos
- Verifica el limite de precio: muchos tipos reducidos solo aplican hasta un maximo (150.000-300.000 €). Si el inmueble cuesta mas, el exceso tributa al tipo general.
- Acredita la edad correctamente: la fecha relevante suele ser la de escritura, no la de arras.
- Declara el inmueble como vivienda habitual en el IRPF en los 12 meses siguientes a la compra y mantenlo al menos 3 anos.
- No pierdas la deduccion autonómica del IRPF si tu CCAA la mantiene para jovenes.
Casos prácticos
La compra de una primera vivienda siendo joven implica hacer números: calcular la entrada necesaria, el importe de la hipoteca, la cuota mensual y el coste total. A continuación, se analizan tres escenarios reales utilizando los precios, tipos de interés y plazos actuales en España.
Perfil A: Comprador individual en ciudad grande
Supuestos:
- Precio medio de piso: 250.000 €
- Entrada mínima habitual (20 %): 50.000 €
- Importe de la hipoteca: 200.000 €
- Plazo: 25 años (plazo medio actual)
- Tipo de interés: 2,93 % TIN (media registrada en 2025)
- Euríbor 12m de referencia: 2,565 %
- Tipo reducido de ITP (ejemplo Andalucía): 3,5 % (para menores de 35 años y vivienda ≤150.000 €; en este caso el tipo general aplicaría a lo que exceda el límite)
Cálculo de impuestos (ITP)
En Andalucía, el tipo reducido solo se aplica a los primeros 150.000 €:
- 150.000 € × 3,5 % = 5.250 €
- 100.000 € × 7 % (tipo general) = 7.000 €
- Total ITP: 12.250 €
Hipoteca
- Capital a financiar: 200.000 €
- Plazo: 25 años (300 cuotas mensuales)
- Tipo de interés: 2,93 % TIN
Cuota mensual estimada:
Usando el sistema francés de amortización:
- Cuota = [Capital × (i / 12)] / [1 - (1 + i / 12)^(-n)]
- i (tipo anual): 2,93 % → 0,0293
- n: 300 meses
Cuota = [200.000 × (0,0293 / 12)] / [1 - (1 + 0,0293 / 12)^(-300)]
Cuota ≈ [200.000 × 0,0024417] / [1 - (1,0024417)^-300]
Cuota ≈ 488,34 / [1 - 0,4781]
Cuota ≈ 488,34 / 0,5219 ≈ 935 €
Coste total de la hipoteca (intereses pagados):
- Cuota mensual: 935 €
- Total pagado en 25 años: 935 € × 300 = 280.500 €
- Intereses pagados: 280.500 € - 200.000 € = 80.500 €
Coste total de compra (sin gastos adicionales):
- Entrada: 50.000 €
- ITP: 12.250 €
- Total pagado por hipoteca: 280.500 €
- Total: 342.750 €
Perfil B: Pareja joven en ciudad mediana
Supuestos:
- Precio medio de piso: 180.000 €
- Entrada (20 %): 36.000 €
- Hipoteca: 144.000 €
- Plazo: 25 años
- Tipo de interés: 2,93 % TIN
- Tipo reducido de ITP (ejemplo Andalucía): 3,5 % (para vivienda ≤150.000 €; el exceso tributa al 7 %)
Cálculo de ITP
- 150.000 € × 3,5 % = 5.250 €
- 30.000 € × 7 % = 2.100 €
- Total ITP: 7.350 €
Hipoteca
- Capital: 144.000 €
- Cuota mensual:
Cuota = [144.000 × (0,0293 / 12)] / [1 - (1 + 0,0293 / 12)^(-300)]
Cuota ≈ [144.000 × 0,0024417] / [1 - (1,0024417)^-300]
Cuota ≈ 351,61 / 0,5219 ≈ 674 €
Coste total de la hipoteca:
- Total pagado: 674 € × 300 = 202.200 €
- Intereses: 202.200 € - 144.000 € = 58.200 €
Coste total de compra:
- Entrada: 36.000 €
- ITP: 7.350 €
- Total pagado por hipoteca: 202.200 €
- Total: 245.550 €
Perfil C: Inversor joven para alquiler
Supuestos:
- Precio de piso: 150.000 €
- Entrada (20 %): 30.000 €
- Hipoteca: 120.000 €
- Plazo: 25 años
- Tipo de interés: 2,93 % TIN
- Tipo reducido ITP joven: 3,5 % (Andalucía, si cumple requisitos)
Cálculo de ITP
- 150.000 € × 3,5 % = 5.250 €
Hipoteca
- Capital: 120.000 €
- Cuota mensual:
Cuota = [120.000 × (0,0293 / 12)] / [1 - (1 + 0,0293 / 12)^-300]
Cuota ≈ [120.000 × 0,0024417] / [1 - (1,0024417)^-300]
Cuota ≈ 292,99 / 0,5219 ≈ 561 €
Coste total de la hipoteca:
- Total pagado: 561 € × 300 = 168.300 €
- Intereses: 168.300 € - 120.000 € = 48.300 €
Rentabilidad bruta estimada
Para calcular la rentabilidad bruta de alquiler, se toma como referencia el precio medio nacional del metro cuadrado y el alquiler medio nacional orientativo. Supongamos que el piso de 150.000 € tiene unos 67 m² (150.000 / 2.230 ≈ 67 m²). Si el alquiler medio nacional ronda los 11 €/m², el ingreso mensual sería:
- Ingreso mensual alquiler: 67 m² × 11 €/m² = 737 €
- Ingreso anual: 737 € × 12 = 8.844 €
Rentabilidad bruta:
- Rentabilidad bruta = (Ingreso anual / Precio de compra) × 100
- Rentabilidad bruta = (8.844 / 150.000) × 100 ≈ 5,9 %
Coste total de compra:
- Entrada: 30.000 €
- ITP: 5.250 €
- Total pagado por hipoteca: 168.300 €
- Total: 203.550 €
Resumen de los tres perfiles
| Perfil | Precio vivienda | Entrada (20 %) | Hipoteca | ITP estimado | Cuota mensual | Total intereses | Coste total compra | Rentabilidad bruta (si aplica) |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| A. Individual ciudad grande | 250.000 € | 50.000 € | 200.000 € | 12.250 € | 935 € | 80.500 € | 342.750 € | — |
| B. Pareja ciudad mediana | 180.000 € | 36.000 € | 144.000 € | 7.350 € | 674 € | 58.200 € | 245.550 € | — |
| C. Inversor para alquiler | 150.000 € | 30.000 € | 120.000 € | 5.250 € | 561 € | 48.300 € | 203.550 € | 5,9 % |
Estos cálculos no incluyen otros gastos asociados (notaría, registro, gestoría, tasación, seguros), pero sí reflejan el impacto real del tipo de interés medio y los tipos reducidos de ITP en 2025.
Errores frecuentes y cómo evitarlos
Comprar la primera vivienda suele estar rodeado de ilusión, pero también de riesgos y errores habituales que pueden costar mucho dinero o incluso dar al traste con la operación. Estos son los fallos más frecuentes entre jóvenes compradores y cómo prevenirlos.
1. No calcular bien la entrada y gastos asociados
Uno de los errores más comunes es pensar que solo hace falta ahorrar el 20 % para la entrada. Sin embargo, los bancos suelen financiar hasta el 80 % del precio o valor de tasación (el menor de ambos), y a ello hay que sumar impuestos (como el ITP), notaría, registro, tasación y otros gastos. Estos pueden suponer entre un 10 % y un 13 % adicionales al precio de compra. Para evitar sorpresas, es fundamental calcular de antemano todos los gastos, incluyendo el ITP aplicable según la comunidad autónoma y si se puede acceder al tipo reducido.
2. No comprobar los requisitos para el tipo reducido de ITP
Aunque la mayoría de comunidades autónomas ofrecen tipos reducidos de ITP para jóvenes, estos suelen estar sujetos a condiciones como límites de edad, de precio de la vivienda, de renta o de patrimonio. Un error frecuente es suponer que el tipo reducido se aplicará a toda la vivienda, cuando en muchas comunidades solo es válido hasta cierto importe, tributando el exceso al tipo general. Para evitarlo, es imprescindible leer la normativa autonómica al detalle y, en caso de duda, consultar con la delegación de Hacienda autonómica antes de firmar.
3. No acreditar correctamente la vivienda como habitual
Para beneficiarse de tipos reducidos, deducciones o ayudas, normalmente se exige que la vivienda adquirida sea la habitual del comprador. No cumplir con los plazos para empadronarse o declarar el inmueble como vivienda habitual (por ejemplo, en el IRPF en los 12 meses siguientes) puede conllevar la pérdida de beneficios fiscales y la obligación de devolverlos. Conviene guardar todos los justificantes de empadronamiento y declaraciones.
4. Firmar la escritura tras cumplir la edad límite
El requisito de edad para acceder al tipo reducido de ITP suele referirse a la fecha de la escritura pública de compraventa, no a la de la firma de arras. Algunos jóvenes pierden la ayuda por cumplir la edad en el periodo entre las arras y la notaría. Es clave adelantar la firma si se está cerca del límite y comprobar la fecha exacta que toma en cuenta la comunidad autónoma.
5. No comparar ofertas hipotecarias
Muchos compradores jóvenes acuden solo a su banco de siempre y no comparan otras ofertas. El tipo de interés medio de las hipotecas en 2025 es del 2,93 %, pero hay diferencias relevantes entre entidades, especialmente en comisiones, vinculaciones (seguros, tarjetas) y condiciones de amortización. Solicitar al menos tres ofertas y usar simuladores de cuota permite ahorrar miles de euros en intereses a lo largo de la vida del préstamo.
6. No prever la evolución del Euríbor y de los tipos de interés
El Euríbor a 12 meses se sitúa en el 2,565 %, pero puede variar en el futuro, afectando a quienes contraten hipotecas variables o mixtas. Muchos jóvenes no tienen en cuenta cómo pueden cambiar las cuotas si sube el índice de referencia. Es recomendable pedir simulaciones de cuota para distintos escenarios de Euríbor y elegir un producto hipotecario acorde al perfil de riesgo.
7. Olvidar solicitar ayudas y deducciones autonómicas
El Plan de Vivienda Estatal y muchas comunidades autónomas ofrecen ayudas directas a la compra, especialmente para vivienda protegida o en municipios pequeños. Además, algunas CCAA mantienen deducciones en el IRPF para jóvenes compradores. No informarse ni solicitarlas dentro de plazo es un fallo habitual que puede dejar sin ayudas de varios miles de euros. Conviene consultar siempre los plazos y requisitos de convocatorias abiertas.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la edad máxima para acceder al tipo reducido de ITP por compra de primera vivienda?
En la mayoría de comunidades autónomas la edad máxima es de 35 o 36 años, aunque algunas pueden establecer límites superiores o inferiores. Es importante comprobar la normativa específica de la región en la que se compra la vivienda.
¿Qué parte del precio de la vivienda tributa al tipo reducido de ITP?
El tipo reducido suele aplicarse solo hasta un importe máximo de vivienda fijado por cada comunidad autónoma. Si el precio excede ese límite, la parte que sobrepasa tributa al tipo general correspondiente.
¿Cuánto dinero necesito realmente para comprar mi primera vivienda?
Además de la entrada del 20 % del precio, hay que sumar entre un 10 % y un 13 % extra en gastos de impuestos, notaría, registro y otros trámites. Hay que asegurarse de tener ahorrado aproximadamente un 30 % del precio total del inmueble.
¿Puedo acceder a una hipoteca con solo el 10 % de entrada?
Lo habitual es que los bancos exijan al menos el 20 % de entrada, aunque en casos muy concretos y con avales pueden financiar un porcentaje mayor. Sin ahorros suficientes, es muy difícil conseguir financiación.
¿Qué ocurre si cumplo los 35 años entre la firma de arras y la escritura?
La edad que cuenta para acceder al tipo reducido es la que tienes en la fecha de la escritura pública de compraventa. Si en ese momento ya has superado el límite, no podrás beneficiarte del tipo reducido.
¿Es compatible el tipo reducido de ITP con ayudas del Plan de Vivienda Estatal?
Sí, el tipo reducido de ITP se aplica vía impuestos autonómicos, mientras que las ayudas estatales pueden ser directas o por deducción. Ambas se pueden acumular si se cumplen los requisitos.
¿Qué pasa si dejo de residir en la vivienda antes de 3 años?
Generalmente, perderás las ventajas fiscales y tendrás que devolver las ayudas o deducciones disfrutadas. Hay excepciones si el cambio de residencia es por motivos de trabajo o fuerza mayor, pero deben justificarse.
¿Puedo alquilar la vivienda y mantener el tipo reducido de ITP?
No, el tipo reducido está condicionado a que la vivienda sea tu residencia habitual durante un periodo mínimo, normalmente tres años. Alquilarla antes de este plazo implica perder el beneficio.
¿Cómo afecta el Euríbor a mi hipoteca si soy joven comprador?
El Euríbor a 12 meses es la referencia para la mayoría de hipotecas variables en España. Si sube, tu cuota mensual también lo hará, lo que puede afectar a tu presupuesto futuro.
¿Puedo deducir la compra de mi primera vivienda en el IRPF?
La deducción estatal por compra de vivienda habitual está suprimida para compras posteriores a 2013, pero algunas comunidades mantienen deducciones autonómicas específicas para jóvenes. Conviene consultar las ventajas fiscales vigentes en tu región.
Casos prácticos
La compra de una primera vivienda joven requiere analizar en detalle los importes que hay que desembolsar y los compromisos a largo plazo que se asumen. A continuación se presentan tres escenarios matemáticos utilizando precios y condiciones hipotecarias reales en España para 2025, calculando impuestos, importe de hipoteca, cuota mensual y coste total para cada perfil.
Perfil A: Comprador individual en ciudad grande
Supuestos:
- Precio de la vivienda: 250.000 €
- Entrada (20 %): 50.000 €
- Importe de la hipoteca: 200.000 €
- Plazo: 25 años (300 cuotas)
- Tipo de interés fijo: 2,93 % TIN (media 2025)
- Euríbor 12m: 2,565 % (referencia, aunque el caso usa TIN fijo)
- CCAA ejemplo: Andalucía
Cálculo de impuestos (ITP)
En Andalucía, el tipo reducido para menores de 35 años solo aplica a los primeros 150.000 €. El resto tributa al tipo general:
- Primeros 150.000 € × 3,5 % = 5.250 €
- Resto (100.000 €) × 7 % = 7.000 €
- Total ITP: 12.250 €
Gastos adicionales
- Gastos de notaría, registro, gestoría y tasación: oscilan habitualmente entre 2.000 y 3.000 €; para el ejemplo: 2.500 € (orientativo, no sumar si no es oficial).
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD): no se calcula por falta de dato regional.
Financiación y cuota mensual
- Importe de la hipoteca: 200.000 €
- Plazo: 25 años (300 meses)
- Tipo de interés: 2,93 % TIN
Fórmula de cuota fija: [ \text{Cuota} = \frac{C \cdot i}{1 - (1 + i)^{-n}} ]
- C = 200.000 €
- i = 2,93 % anual / 12 = 0,0024417 mensual
- n = 300
[ \text{Cuota} = \frac{200.000 \times 0,0024417}{1 - (1 + 0,0024417)^{-300}} \approx 946,40,€\ \text{al mes} ]
Coste total de la hipoteca (sin gastos e impuestos):
946,40 € × 300 meses = 283.920 €
Coste total de compra (precio + ITP + intereses):
- Entrada: 50.000 €
- ITP: 12.250 €
- Coste hipoteca: 283.920 €
Total desembolsado en 25 años:
50.000 € (entrada) + 12.250 € (ITP) + 283.920 € (cuotas) = 346.170 €
Tasa de esfuerzo
Si el comprador tiene ingresos netos de 2.000 €/mes, la cuota representa un 47,3 % de esos ingresos, muy por encima de la tasa de esfuerzo recomendada (30-35 %). Esto resalta la dificultad de acceso en grandes ciudades.
Perfil B: Pareja joven en ciudad mediana
Supuestos:
- Precio de la vivienda: 180.000 €
- Entrada (20 %): 36.000 €
- Importe de la hipoteca: 144.000 €
- Plazo: 25 años
- Tipo de interés: 2,93 % TIN
- CCAA ejemplo: Andalucía (tipo reducido joven sí aplica a todo el importe)
Cálculo de impuestos (ITP)
- 180.000 € × 3,5 % = 6.300 € (tipo reducido para jóvenes, vivienda ≤150.000 €, pero aquí el precio sobrepasa el límite; el exceso tributa al tipo general)
- Primeros 150.000 € × 3,5 % = 5.250 €
- Resto (30.000 €) × 7 % = 2.100 €
- Total ITP: 7.350 €
Gastos adicionales
- Gastos de notaría, registro, gestoría y tasación: estimados en 2.500 €.
Financiación y cuota mensual
- Importe de la hipoteca: 144.000 €
- Plazo: 25 años (300 meses)
- Tipo de interés: 2,93 % TIN
[ \text{Cuota} = \frac{144.000 \times 0,0024417}{1 - (1 + 0,0024417)^{-300}} \approx 681,41,€\ \text{al mes} ]
Coste total de la hipoteca:
681,41 € × 300 meses = 204.423 €
Coste total de compra:
- Entrada: 36.000 €
- ITP: 7.350 €
- Coste hipoteca: 204.423 €
Total desembolsado en 25 años:
36.000 € + 7.350 € + 204.423 € = 247.773 €
Tasa de esfuerzo
Con ingresos conjuntos de 2.800 € netos/mes, la cuota representa un 24,3 %, un valor dentro de la tasa de esfuerzo recomendada.
Perfil C: Inversor para alquiler
Supuestos:
- Precio de la vivienda: 150.000 € (segunda mano)
- Entrada (20 %): 30.000 €
- Importe de la hipoteca: 120.000 €
- Plazo: 25 años
- Tipo de interés: 2,93 % TIN
- No acceso a tipo reducido por no ser vivienda habitual ni primera vivienda
Cálculo de impuestos (ITP)
- 150.000 € × 7 % (tipo general en Andalucía) = 10.500 €
Gastos adicionales
- Gastos de notaría, registro, gestoría y tasación: estimados en 2.500 €.
Financiación y cuota mensual
- Importe hipoteca: 120.000 €
- Plazo: 25 años
- Tipo de interés: 2,93 % TIN
[ \text{Cuota} = \frac{120.000 \times 0,0024417}{1 - (1 + 0,0024417)^{-300}} \approx 567,84,€\ \text{al mes} ]
Coste total de la hipoteca:
567,84 € × 300 = 170.352 €
Rentabilidad bruta
Supongamos que el inversor alquila el piso por 700 €/mes:
- Ingresos anuales: 8.400 €
- Rentabilidad bruta = (Ingreso anual / Precio de compra) × 100 = (8.400 / 150.000) × 100 = 5,6 %
Coste total de compra:
- Entrada: 30.000 €
- ITP: 10.500 €
- Coste hipoteca: 170.352 €
Total desembolsado en 25 años:
30.000 € + 10.500 € + 170.352 € = 210.852 €
Errores frecuentes y cómo evitarlos
No calcular correctamente la entrada y los gastos iniciales Muchos jóvenes subestiman la cantidad necesaria para la entrada (20 %) y los gastos asociados (impuestos, notaría, gestoría, tasación). Esto puede provocar quedarse sin liquidez en el momento de la escritura pública. Es fundamental hacer un presupuesto realista y considerar todos los costes, incluidos los impuestos de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
No comprobar los límites de precio o renta de las ayudas El acceso al tipo reducido de ITP, ayudas autonómicas o deducciones fiscales suele estar restringido por el precio del inmueble, la renta del comprador o el valor catastral. Comprar una vivienda que exceda el límite puede suponer perder el beneficio fiscal en todo o parte del importe. Antes de firmar, es imprescindible consultar los requisitos actualizados de la comunidad autónoma y simular el impacto fiscal.
Ignorar la tasa de esfuerzo recomendada Adquirir una vivienda cuya cuota hipotecaria supere el 30-35 % de los ingresos netos mensuales incrementa el riesgo de sobreendeudamiento. Muchos compradores, por ilusión o presión del mercado, aceptan una tasa de esfuerzo excesiva, lo que puede derivar en dificultades económicas ante cualquier imprevisto.
No revisar la política del banco sobre el LTV El LTV (loan to value, porcentaje del valor de tasación que financia el banco) rara vez supera el 80 % para vivienda habitual y suele ser inferior para segunda vivienda o inversión. No tener esto en cuenta puede frustrar la operación si el banco rechaza financiar el importe requerido. Es imprescindible confirmar el LTV máximo antes de comprometerse con arras o señal.
No declarar correctamente la vivienda habitual en el IRPF La deducción autonómica y la exención de ciertas plusvalías dependen de que la vivienda se declare y utilice como residencia habitual. Olvidar este trámite puede hacer perder beneficios fiscales y dificultar la justificación ante Hacienda en caso de revisión.
No comprobar el estado registral ni el catastro Firmar sin verificar la concordancia entre catastro, registro y realidad física puede acarrear problemas legales y administrativos. Hay que asegurarse de que los datos de superficie, lindes y titularidad coinciden para evitar complicaciones con futuras transmisiones patrimoniales o solicitudes de ayudas.
Desconocer las diferencias entre vivienda de segunda mano y obra nueva El régimen fiscal, los plazos de entrega y las garantías varían según el tipo de vivienda. No informarse puede llevar a errores en la planificación de la compra o en la aplicación de deducciones y ayudas.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el tipo reducido de ITP para jóvenes?
El tipo reducido de ITP es un porcentaje menor del impuesto que algunas comunidades aplican a la compra de primera vivienda habitual por menores de 35-36 años, lo que ahorra varios miles de euros respecto al tipo general.¿Puedo acceder al tipo reducido si el piso supera el límite de precio?
No, si el precio sobrepasa el umbral fijado por la comunidad autónoma, el exceso tributa al tipo general y solo la parte inferior se beneficia del tipo reducido.¿Cuánto dinero necesito para comprar una vivienda de 180.000 €?
Necesitas al menos el 20 % de entrada (36.000 €), más entre un 7 y 10 % adicional para impuestos y gastos, incluyendo ITP, notaría y registro.¿Qué es la tasa de esfuerzo hipotecario?
La tasa de esfuerzo mide el porcentaje de los ingresos netos mensuales que destinas al pago de la hipoteca; se recomienda no superar el 30-35 % para evitar sobreendeudamiento.¿El banco financia el 100 % del precio de la vivienda?
No, lo habitual es que el banco conceda hasta el 80 % del valor de tasación como máximo, exigiendo al comprador aportar el 20 % restante y los gastos.¿Qué diferencia fiscal hay entre vivienda de segunda mano y obra nueva?
La segunda mano tributa por ITP, mientras que la obra nueva paga IVA (10 %) y actos jurídicos documentados, lo que cambia el importe y la forma de pago de los impuestos.¿Cómo se calcula la rentabilidad bruta de un piso en alquiler?
Divide el ingreso anual por alquiler entre el precio de compra y multiplica por 100; por ejemplo, 8.400 € de ingreso anual y 150.000 € de precio suponen una rentabilidad bruta del 5,6 %.¿Qué pasa si vendo la vivienda habitual antes de 3 años?
Pierdes las ventajas fiscales asociadas a la vivienda habitual y puedes estar obligado a devolver deducciones o exenciones aplicadas, salvo excepciones justificadas.¿Cuándo se considera una vivienda como habitual a efectos fiscales?
Cuando resides en ella de forma efectiva y permanente durante al menos tres años y la declaras como tal en el IRPF en el plazo de 12 meses desde la compra.¿Por qué es importante comprobar el catastro y el registro?
Porque aseguran que la vivienda que compras coincide en superficie, linderos y titularidad con la realidad física y legal, evitando problemas en futuras transmisiones o reclamaciones.
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