IBI en València
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en València. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
València dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de València
València, situada en la costa este de España, es la capital de la provincia homónima y de la Comunitat Valenciana. Con una población de aproximadamente 840.792 habitantes, es la tercera ciudad más grande del país. Su ubicación estratégica en el Mediterráneo la convierte en un importante centro turístico y económico, con una gran afluencia de visitantes nacionales e internacionales. La fiscalidad inmobiliaria en València es relevante debido a su atractivo como destino turístico y su papel como centro urbano, lo que genera un mercado inmobiliario activo tanto para residencias principales como para segundas residencias.
En cuanto al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano, València aplica un tipo del 0,5784%, situándose por debajo de la media nacional del 0,623% y de la media de la Comunitat Valenciana, que es del 0,6832%. Ocupa la posición 87 en el ranking nacional de un total de 147 municipios. Además, el tipo para bienes rústicos es del 0,437% y para BICES es del 1,3%. Este tipo relativamente bajo en comparación con la media nacional implica que los propietarios en València podrían beneficiarse de una carga fiscal menor en sus propiedades urbanas, lo que puede ser un aliciente adicional para la inversión inmobiliaria en la ciudad.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Valencia
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.