IBI en Santa Lucía de Tirajana
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Santa Lucía de Tirajana. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Santa Lucía de Tirajana dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Santa Lucía de Tirajana
Santa Lucía de Tirajana es un municipio situado en la provincia de Las Palmas, en la comunidad autónoma de Canarias. Con una población aproximada de 78.584 habitantes, se encuentra en el sureste de Gran Canaria, siendo una localidad de carácter mixto que combina áreas residenciales con zonas turísticas. Su cercanía a importantes núcleos turísticos y a la capital insular convierte a Santa Lucía de Tirajana en un lugar atractivo tanto para vivir como para invertir en propiedades, lo que hace que la fiscalidad inmobiliaria sea de gran relevancia para sus residentes y propietarios.
El tipo impositivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano en Santa Lucía de Tirajana es del 0,68%, situándose por encima de la media nacional, que es del 0,623%, y de la media de Canarias, que se encuentra en el 0,5244%. En el ranking nacional, el municipio ocupa la posición 46 de un total de 147. Además, el tipo para inmuebles rústicos es también del 0,68%, mientras que para Bienes Inmuebles de Características Especiales (BICES) es del 1,3%. Este tipo impositivo relativamente elevado podría traducirse en una cuota anual más alta para los propietarios en comparación con otras áreas de España, lo que es un factor importante a considerar al adquirir una propiedad en esta zona.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Las Palmas
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.