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IBI en Rubí: 0,758 %

Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Rubí. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).

Tipo IBI urbano0,8 %Tipo general · Min. Hacienda 2025
Media nacional0,6 %2755 municipios
Posición nacional464de 2755 (de mayor a menor tipo)

El tipo de gravamen del IBI urbano en Rubí es del 0,758 % sobre el valor catastral (Ministerio de Hacienda, 2025). Para un inmueble con un valor catastral de 100.000 €, la cuota anual del IBI ronda los 758 € (sin bonificaciones).

Tipos de gravamen vigentes

IBI urbano
0,758 %
Tipo general aplicable a viviendas y locales
IBI rústico
0,758 %
Bienes de naturaleza rústica
IBI BICES
1,300 %
Bienes de características especiales

Rubí dentro de la horquilla legal del IBI urbano

La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.

Tipo del municipio dentro de la horquilla legal
0,758 %0,40 %1,10 %Mín. legalMáx. general

Comparativa con la media

Rubí
0,758 %
Media nacional
0,619 %
Por encima (22,4 %)
Media en Cataluña
0,780 %
453 municipios con dato

Cuota IBI estimada por valor catastral

Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.

Valor catastral 50.000 €
379 €
Cuota anual
Valor catastral 100.000 €
758 €
Cuota anual
Valor catastral 200.000 €
1516 €
Cuota anual

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Bonificaciones del IBI en Rubí

Más allá del tipo de gravamen, cada ayuntamiento decide en su ordenanza fiscal qué bonificaciones aplica. El marco estatal (artículos 73 y 74 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales) prevé, entre otras:

  • Familia numerosa: bonificación potestativa de hasta el 90 % de la cuota, según categoría y valor catastral.
  • Vivienda de protección oficial (VPO): 50 % durante los tres años siguientes a la calificación definitiva (prorrogable por el ayuntamiento).
  • Energía solar / autoconsumo: hasta el 50 % por instalar sistemas de aprovechamiento de energía solar.
  • Domiciliación o pago anticipado: descuentos que fija cada ayuntamiento para fraccionar o adelantar el pago.

Los porcentajes concretos y los requisitos dependen de la ordenanza fiscal de Rubí. Consulta la sede electrónica del ayuntamiento para el detalle vigente.

El IBI en el contexto de Rubí

Rubí es un municipio situado en la provincia de Barcelona, dentro de la comunidad autónoma de Cataluña. Con una población aproximada de 82.823 habitantes, Rubí se encuentra en una posición estratégica como parte del área metropolitana de Barcelona, lo que lo convierte en una localidad de gran relevancia como ciudad dormitorio. Este carácter metropolitano incrementa la importancia de la fiscalidad inmobiliaria, ya que muchos de sus residentes trabajan en la capital catalana pero prefieren la tranquilidad y el coste relativamente más bajo de vivir en Rubí.

En cuanto al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en Rubí, el tipo impositivo para inmuebles urbanos se sitúa en el 0,758%, por encima de la media nacional del 0,623%, pero ligeramente por debajo de la media de Cataluña, que es del 0,7799%. Rubí ocupa la posición 28 en el ranking nacional de tipos impositivos, dentro de un total de 147 municipios. Además, el tipo para inmuebles rústicos es idéntico al urbano, mientras que el tipo BICES alcanza el 1,3%. Estos porcentajes implican que los propietarios en Rubí pueden esperar una cuota anual de IBI relativamente alta en comparación con otras zonas del país, lo que puede influir en el coste total de poseer una vivienda en esta localidad metropolitana.

Qué es el IBI

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.

El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.

Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.

Cómo se calcula el IBI
Cuota anualValor catastral × Tipo de gravamenEjemplo con valor catastral 100.000 €100.000 €×0,758 %=758 €V. catastralTipo IBICuota / añoCuota antes de bonificaciones

Preguntas frecuentes sobre el IBI en Rubí

¿Cuánto se paga de IBI en Rubí?

El tipo de gravamen del IBI urbano en Rubí es del 0,758 % sobre el valor catastral (Ministerio de Hacienda, 2025). Para un valor catastral de 100.000 €, la cuota anual ronda los 758 €, sin contar bonificaciones.

¿Cuándo se paga el IBI en Rubí?

Es contribuyente del IBI quien sea titular del inmueble a 1 de enero. La mayoría de ayuntamientos lo recaudan en uno o dos plazos entre primavera y otoño; el calendario exacto y la domiciliación los fija el ayuntamiento de Rubí en su ordenanza fiscal.

¿Cómo se calcula el IBI?

Se multiplica el tipo de gravamen (0,758 % en Rubí) por el valor catastral del inmueble, y después se aplican las bonificaciones que reconozca la ordenanza municipal.

Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.

Borja C.
Borja C.
Analista de Datos

Texto editorial asistido por IA; las cifras proceden exclusivamente de fuentes oficiales citadas, con validación humana. Ningún dato se inventa: si no hay fuente, se muestra «sin dato». Metodología.