IBI en Pinto: 0,655 %
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Pinto. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
El tipo de gravamen del IBI urbano en Pinto es del 0,655 % sobre el valor catastral (Ministerio de Hacienda, 2025). Para un inmueble con un valor catastral de 100.000 €, la cuota anual del IBI ronda los 655 € (sin bonificaciones).
Tipos de gravamen vigentes
Pinto dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
Bonificaciones del IBI en Pinto
Más allá del tipo de gravamen, cada ayuntamiento decide en su ordenanza fiscal qué bonificaciones aplica. El marco estatal (artículos 73 y 74 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales) prevé, entre otras:
- Familia numerosa: bonificación potestativa de hasta el 90 % de la cuota, según categoría y valor catastral.
- Vivienda de protección oficial (VPO): 50 % durante los tres años siguientes a la calificación definitiva (prorrogable por el ayuntamiento).
- Energía solar / autoconsumo: hasta el 50 % por instalar sistemas de aprovechamiento de energía solar.
- Domiciliación o pago anticipado: descuentos que fija cada ayuntamiento para fraccionar o adelantar el pago.
Los porcentajes concretos y los requisitos dependen de la ordenanza fiscal de Pinto. Consulta la sede electrónica del ayuntamiento para el detalle vigente.
El IBI en el contexto de Pinto
Pinto es un municipio situado en la Comunidad de Madrid, con una población de aproximadamente 56.651 habitantes. Se encuentra a unos 20 kilómetros al sur de la capital, lo que lo convierte en un núcleo urbano de características residenciales, típico de las áreas de dormitorio metropolitano. Su proximidad a Madrid hace que la fiscalidad inmobiliaria sea un aspecto relevante para sus residentes, ya que influye directamente en el coste de la vida y en la atracción de nuevos habitantes que buscan una alternativa más asequible a la capital.
El tipo impositivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano en Pinto es del 0,655%, situándose por encima de la media nacional, que es del 0,623%, y también por encima de la media de la Comunidad de Madrid, que se sitúa en el 0,4628%. Pinto ocupa la posición 57 en el ranking nacional de tipos de IBI entre 147 municipios. Además, el tipo de IBI rústico es del 0,8% y el de Bienes de Características Especiales (BICES) es del 1,3%. Este tipo de IBI más elevado en comparación con la media autonómica puede traducirse en una cuota anual más alta para los propietarios de viviendas en Pinto, impactando en el presupuesto familiar de quienes eligen vivir en esta localidad con buenas conexiones a Madrid.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Madrid
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Preguntas frecuentes sobre el IBI en Pinto
¿Cuánto se paga de IBI en Pinto?
El tipo de gravamen del IBI urbano en Pinto es del 0,655 % sobre el valor catastral (Ministerio de Hacienda, 2025). Para un valor catastral de 100.000 €, la cuota anual ronda los 655 €, sin contar bonificaciones.
¿Cuándo se paga el IBI en Pinto?
Es contribuyente del IBI quien sea titular del inmueble a 1 de enero. La mayoría de ayuntamientos lo recaudan en uno o dos plazos entre primavera y otoño; el calendario exacto y la domiciliación los fija el ayuntamiento de Pinto en su ordenanza fiscal.
¿Cómo se calcula el IBI?
Se multiplica el tipo de gravamen (0,655 % en Pinto) por el valor catastral del inmueble, y después se aplican las bonificaciones que reconozca la ordenanza municipal.
Otros impuestos de la vivienda en Pinto
El impuesto sobre el incremento de valor del terreno al vender o heredar en Pinto.
Cuánto se paga al comprar o heredar vivienda según la comunidad autónoma.
Estima la cuota anual del IBI a partir del valor catastral y el tipo del municipio.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.
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