IBI en Paterna
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Paterna. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Paterna dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Paterna
Paterna es un municipio situado en la provincia de Valencia, dentro de la Comunitat Valenciana. Con una población de aproximadamente 76.019 habitantes, se encuentra en el área metropolitana de Valencia, siendo un importante núcleo de población y actividad económica. Su proximidad a la capital valenciana lo convierte en un lugar atractivo para quienes buscan residir cerca de la ciudad, pero con las ventajas de una localidad más tranquila. Esta característica de dormitorio metropolitano hace que la fiscalidad inmobiliaria cobre especial relevancia, ya que influye directamente en los costes de vivienda de sus residentes.
En Paterna, el tipo de IBI urbano se sitúa en el 0,48%, por debajo de la media nacional que es del 0,623% y también por debajo de la media de la Comunitat Valenciana, que alcanza el 0,6832%. En el ranking nacional, Paterna ocupa la posición 112 de 147 municipios, lo que indica un tipo impositivo relativamente bajo en comparación con otras localidades del país. Además, el tipo de IBI rústico es del 0,74% y el de BICES alcanza el 1,3%. Este tipo de fiscalidad más moderada puede traducirse en una cuota anual más asequible para los propietarios de viviendas en la zona, lo que potencia su atractivo como lugar de residencia.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Valencia
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.