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IBI en Murcia: 0,712 %

Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Murcia. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).

Tipo IBI urbano0,7 %Tipo general · Min. Hacienda 2025
Media nacional0,6 %2755 municipios
Posición nacional655de 2755 (de mayor a menor tipo)

El tipo de gravamen del IBI urbano en Murcia es del 0,712 % sobre el valor catastral (Ministerio de Hacienda, 2025). Para un inmueble con un valor catastral de 100.000 €, la cuota anual del IBI ronda los 712 € (sin bonificaciones).

Tipos de gravamen vigentes

IBI urbano
0,712 %
Tipo general aplicable a viviendas y locales
IBI rústico
0,736 %
Bienes de naturaleza rústica
IBI BICES
1,300 %
Bienes de características especiales

Murcia dentro de la horquilla legal del IBI urbano

La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.

Tipo del municipio dentro de la horquilla legal
Murcia supera los 100.000 habitantes — máximo aplicable: 1,3 %
0,712 %0,40 %1,10 %1,30 %Mín. legalMáx. generalMáx. >100k hab.

Comparativa con la media

Murcia
0,712 %
Media nacional
0,619 %
Por encima (14,9 %)
Media en Murcia
0,646 %
43 municipios con dato

Cuota IBI estimada por valor catastral

Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.

Valor catastral 50.000 €
356 €
Cuota anual
Valor catastral 100.000 €
712 €
Cuota anual
Valor catastral 200.000 €
1423 €
Cuota anual

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Bonificaciones del IBI en Murcia

Más allá del tipo de gravamen, cada ayuntamiento decide en su ordenanza fiscal qué bonificaciones aplica. El marco estatal (artículos 73 y 74 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales) prevé, entre otras:

  • Familia numerosa: bonificación potestativa de hasta el 90 % de la cuota, según categoría y valor catastral.
  • Vivienda de protección oficial (VPO): 50 % durante los tres años siguientes a la calificación definitiva (prorrogable por el ayuntamiento).
  • Energía solar / autoconsumo: hasta el 50 % por instalar sistemas de aprovechamiento de energía solar.
  • Domiciliación o pago anticipado: descuentos que fija cada ayuntamiento para fraccionar o adelantar el pago.

Los porcentajes concretos y los requisitos dependen de la ordenanza fiscal de Murcia. Consulta la sede electrónica del ayuntamiento para el detalle vigente.

El IBI en el contexto de Murcia

Murcia, situada en el sureste de España, es la capital de la Región de Murcia y uno de los municipios más poblados del país, con aproximadamente 479.405 habitantes. Como centro administrativo y económico de la región, Murcia combina su carácter urbano con una rica tradición agrícola. Además, su cercanía a la costa mediterránea y su clima atractivo la convierten en un lugar de interés tanto para residentes como para quienes buscan una segunda residencia. La fiscalidad inmobiliaria es un aspecto relevante para quienes consideran invertir en propiedades en esta zona, especialmente debido al dinamismo del mercado inmobiliario local.

El tipo de IBI urbano en Murcia es del 0,7115%, por encima de la media nacional del 0,623% pero ligeramente por debajo de la media de la Región de Murcia, que se sitúa en el 0,7149%. En el ranking nacional, ocupa la posición 41 de 147, lo que refleja una presión fiscal moderada en comparación con otros municipios del país. Además, el tipo para propiedades rústicas es del 0,7363% y el BICES alcanza el 1,3%. Este nivel impositivo puede influir en la cuota anual que los propietarios deben abonar, siendo especialmente relevante para quienes poseen viviendas de valor medio en la ciudad, donde la fiscalidad puede representar una parte significativa del costo de mantener una propiedad.

Qué es el IBI

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.

El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.

Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.

Cómo se calcula el IBI
Cuota anualValor catastral × Tipo de gravamenEjemplo con valor catastral 100.000 €100.000 €×0,712 %=712 €V. catastralTipo IBICuota / añoCuota antes de bonificaciones

Preguntas frecuentes sobre el IBI en Murcia

¿Cuánto se paga de IBI en Murcia?

El tipo de gravamen del IBI urbano en Murcia es del 0,712 % sobre el valor catastral (Ministerio de Hacienda, 2025). Para un valor catastral de 100.000 €, la cuota anual ronda los 712 €, sin contar bonificaciones.

¿Cuándo se paga el IBI en Murcia?

Es contribuyente del IBI quien sea titular del inmueble a 1 de enero. La mayoría de ayuntamientos lo recaudan en uno o dos plazos entre primavera y otoño; el calendario exacto y la domiciliación los fija el ayuntamiento de Murcia en su ordenanza fiscal.

¿Cómo se calcula el IBI?

Se multiplica el tipo de gravamen (0,712 % en Murcia) por el valor catastral del inmueble, y después se aplican las bonificaciones que reconozca la ordenanza municipal.

Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.

Borja C.
Borja C.
Analista de Datos

Texto editorial asistido por IA; las cifras proceden exclusivamente de fuentes oficiales citadas, con validación humana. Ningún dato se inventa: si no hay fuente, se muestra «sin dato». Metodología.