IBI en Motril
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Motril. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Motril dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Motril
Motril, situada en la costa de Granada, es una localidad andaluza con una población de aproximadamente 59.862 habitantes. Este municipio, aunque no es capital de provincia, posee un importante carácter turístico gracias a su ubicación privilegiada en la Costa Tropical, lo que lo convierte en un lugar atractivo tanto para turistas como para propietarios de segundas residencias. La fiscalidad inmobiliaria en Motril cobra relevancia, especialmente por su impacto en los numerosos inmuebles utilizados como viviendas vacacionales o segundas residencias.
El tipo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano en Motril es del 0,522%, situándose por debajo de la media nacional del 0,623% y también por debajo de la media de Andalucía, que es del 0,6799%. En el ranking nacional, Motril ocupa la posición 100 de 147 municipios, lo que refleja una fiscalidad moderada respecto al resto del país. Además, el tipo rústico es del 0,96% y el BICES del 0,9%. Este nivel de IBI urbano más bajo puede traducirse en una cuota anual más asequible para los propietarios, lo que podría ser un incentivo para la inversión en propiedades en esta zona turística de la costa granadina.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Granada
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.