IBI en Móstoles
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Móstoles. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Móstoles dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Móstoles
Móstoles, situado en la Comunidad de Madrid, es uno de los municipios más poblados de la región, con una población de 214.817 habitantes. Se encuentra en el área metropolitana de Madrid, lo que lo convierte en una localidad de gran relevancia como ciudad dormitorio para aquellos que trabajan en la capital. Su cercanía a Madrid y su carácter residencial hacen que la fiscalidad inmobiliaria sea un aspecto crucial para sus habitantes, influyendo directamente en el coste de vida y en la accesibilidad a la vivienda.
El tipo impositivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano en Móstoles es del 0,52%, lo que lo sitúa por debajo de la media nacional, que es del 0,623%, pero por encima de la media de la Comunidad de Madrid, que se encuentra en el 0,4628%. En el ranking nacional, Móstoles ocupa la posición 101 de 147 municipios. Además, el tipo para inmuebles rústicos es del 0,9% y para bienes inmuebles de características especiales (BICES) es del 1,3%. Esta situación implica que, aunque Móstoles ofrece un tipo urbano competitivo a nivel nacional, los residentes aún ven un impacto significativo en la cuota anual de sus propiedades, especialmente si se compara con otros municipios de la comunidad.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Madrid
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.