IBI en Gandia
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Gandia. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Gandia dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Gandia
Gandia, ubicada en la provincia de Valencia dentro de la Comunitat Valenciana, es una ciudad costera conocida por su atractivo turístico y su importante sector de servicios. Con una población de aproximadamente 83.135 habitantes, Gandia no solo es un destino popular para los turistas, sino que también es un lugar de residencia para muchas personas que trabajan en la comarca. La fiscalidad inmobiliaria en Gandia es relevante tanto para sus residentes como para los propietarios de segundas residencias, dada la alta demanda de propiedades en esta zona costera.
En cuanto al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en Gandia, el tipo para propiedades urbanas es del 0,94%, lo que está considerablemente por encima de la media nacional del 0,623% y también supera la media de la Comunitat Valenciana, que es del 0,6832%. Este tipo de IBI urbano sitúa a Gandia en la posición 11 del ranking nacional entre 147 municipios, lo que refleja una carga fiscal elevada en comparación con otros lugares del país. Además, el tipo para propiedades rústicas es del 0,684%, y para Bienes Inmuebles de Características Especiales (BICES) es del 1,3%. Esta situación se traduce en cuotas anuales más altas para los propietarios, lo cual es un factor importante a considerar al invertir en el mercado inmobiliario local.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Valencia
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.