IBI en Badalona
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Badalona. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Badalona dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Badalona
Badalona, situada en la provincia de Barcelona, Cataluña, es una ciudad con una población de aproximadamente 231.542 habitantes. Esta localidad, que no es capital de provincia, se encuentra en la zona metropolitana de Barcelona, lo que la convierte en un importante núcleo urbano con características de ciudad dormitorio. Su cercanía al mar Mediterráneo y su proximidad a la capital catalana la hacen atractiva tanto para residentes como para inversores, aumentando la relevancia de la fiscalidad inmobiliaria en la región.
El tipo impositivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano en Badalona es del 0,792%, situándose por encima de la media nacional, que es del 0,623%, y ligeramente por encima de la media de Cataluña, que es del 0,7799%. En el ranking nacional, Badalona se encuentra en la posición 23 de un total de 147 municipios. Además, el tipo para inmuebles rústicos es del 0,844% y para Bienes Inmuebles de Características Especiales (BICES) es del 1,3%. Este nivel de tipo impositivo puede influir significativamente en la cuota anual que deben pagar los propietarios de viviendas en Badalona, haciendo que la fiscalidad sea un factor clave a considerar al calcular los costes de propiedad en la ciudad.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Barcelona
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.