Heredar una vivienda: tramites, plazos e impuestos paso a paso
Heredar una vivienda implica aceptar la herencia, liquidar el impuesto de sucesiones y la plusvalia municipal, e inscribir el inmueble a tu nombre. Los plazos son cortos y los errores pueden costar caro.
Plazos criticos
Los plazos en herencias son estrictos:
- Impuesto de Sucesiones (ISD): 6 meses desde el fallecimiento. Se puede solicitar una prorroga de 6 meses mas antes de que venza el plazo.
- Plusvalia municipal (IIVTNU): 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable 6 meses mas.
- Aceptacion de herencia: no hay plazo legal, pero si no se acepta, la deuda hipotecaria sigue corriendo.
El proceso paso a paso
1. Obtener el certificado de defuncion y el certificado de ultimas voluntades
El certificado de ultimas voluntades indica si el fallecido dejo testamento y ante que notario. Se solicita al Ministerio de Justicia (presencial o telemáticamente).
2. Abrir el testamento o declaracion de herederos
Si hay testamento, el notario lo abre y lee. Si no hay testamento, se inicia el acta notarial de declaracion de herederos.
3. Inventariar los bienes
Se hace un inventario de todos los bienes del fallecido: inmuebles, cuentas bancarias, vehiculos, seguros de vida.
4. Aceptar o renunciar la herencia
Tienes tres opciones:
- Aceptacion pura y simple: heredas activos y deudas.
- Aceptacion a beneficio de inventario: respondes solo con los bienes de la herencia.
- Renuncia: no heredas nada (ni activos ni deudas).
Si el inmueble tiene una hipoteca con saldo pendiente superior al valor del bien, la renuncia puede ser lo mas prudente.
5. Liquidar el ISD
El heredero paga el Impuesto sobre Sucesiones en la CCAA de residencia del fallecido. Las diferencias entre CCAA son enormes: desde 0 en Madrid o Andalucia para herencias directas, hasta mas del 30 % en Asturias para herencias grandes.
6. Liquidar la plusvalia municipal
El heredero paga la plusvalia municipal en el ayuntamiento donde este el inmueble. Se calcula sobre el valor catastral del suelo y los anos de tenencia del fallecido.
7. Inscribir en el Registro de la Propiedad
Tras la aceptacion y el pago de impuestos, hay que elevar la herencia a escritura publica y presentarla en el Registro para inscribir el inmueble a nombre del heredero.
Casos prácticos
En esta sección se ilustran tres escenarios habituales tras heredar una vivienda, aplicando cifras y condiciones reales del mercado español para 2025. Se consideran distintos perfiles y necesidades: comprador individual en gran ciudad, pareja joven en ciudad mediana e inversor para alquiler. Para cada caso, se calcula el importe de la hipoteca necesaria, la cuota mensual aproximada y el coste total, empleando el tipo medio de hipoteca (2,93 % TIN), plazo de 25 años y un Euríbor de referencia del 2,565 %. Además, en el caso del inversor, se estima la rentabilidad bruta del alquiler.
Perfil A: Comprador individual en ciudad grande
Supuesto: Recibes en herencia un piso en una ciudad grande valorado en 250.000 €. Tras aceptar la herencia y liquidar impuestos, decides quedártelo, pero necesitas financiar la parte no cubierta por tus ahorros.
- Precio del inmueble: 250.000 €
- Entrada (20 %): 50.000 €
- Importe de la hipoteca (80 %): 200.000 €
- Tipo de interés: 2,93 % TIN (hipoteca fija)
- Plazo de la hipoteca: 25 años
Cálculo de la cuota mensual
Cuota mensual = [Capital x (interés anual / 12)] / [1 - (1 + interés mensual)^-número de cuotas]
- Interés mensual: 2,93 % / 12 = 0,2442 %
- Número de cuotas: 25 años x 12 meses = 300 cuotas
Cuota mensual aproximada:
- 200.000 x 0,002442 = 488,40
- Denominador: 1 - (1 + 0,002442)^-300 ≈ 1 - (1,002442)^-300 ≈ 1 - 0,478 ≈ 0,522
Cuota mensual = 488,40 / 0,522 ≈ 935 €
Coste total al final del préstamo
- Importe total pagado: 935 € x 300 = 280.500 €
- Intereses pagados: 280.500 € - 200.000 € (capital) = 80.500 €
Resumen del perfil A:
- Precio piso: 250.000 €
- Entrada: 50.000 €
- Hipoteca: 200.000 €
- Cuota mensual: ~935 €
- Coste total (25 años): 280.500 €
Perfil B: Pareja joven en ciudad mediana
Supuesto: Una pareja joven hereda un piso en una ciudad mediana, valorado en 180.000 €. Quieren quedarse con la vivienda, pero deben financiar parte del precio.
- Precio del inmueble: 180.000 €
- Entrada (20 %): 36.000 €
- Importe de la hipoteca (80 %): 144.000 €
- Tipo de interés: 2,93 % TIN (hipoteca fija)
- Plazo de la hipoteca: 25 años
Cálculo de la cuota mensual
- Interés mensual: 0,002442
- Número de cuotas: 300
Cuota mensual = [144.000 x 0,002442] / [1 - (1,002442)^-300]
- 144.000 x 0,002442 = 351,65
- Denominador: 0,522
Cuota mensual = 351,65 / 0,522 ≈ 674 €
Coste total al final del préstamo
- Importe total pagado: 674 € x 300 = 202.200 €
- Intereses pagados: 202.200 € - 144.000 € (capital) = 58.200 €
Resumen del perfil B:
- Precio piso: 180.000 €
- Entrada: 36.000 €
- Hipoteca: 144.000 €
- Cuota mensual: ~674 €
- Coste total (25 años): 202.200 €
Perfil C: Inversor para alquiler
Supuesto: Un inversor hereda un piso en una ciudad mediana, valorado en 150.000 €. Su objetivo es ponerlo en alquiler y obtener una rentabilidad bruta anual. Necesita calcular la rentabilidad y valorar si resulta interesante mantener el inmueble para alquilarlo.
- Precio del inmueble: 150.000 €
- Entrada (20 %): 30.000 €
- Importe de la hipoteca (80 %): 120.000 €
- Tipo de interés: 2,93 % TIN (hipoteca fija)
- Plazo de la hipoteca: 25 años
Cálculo de la cuota mensual
- 120.000 x 0,002442 = 293,04
- Denominador: 0,522
Cuota mensual = 293,04 / 0,522 ≈ 562 €
Rentabilidad bruta por alquiler
Para calcular la rentabilidad bruta, se emplea el precio medio nacional de alquiler por metro cuadrado (no proporcionado en el contexto), por lo que se asume únicamente el valor de compraventa.
- Precio medio nacional m²: 2.230 €
- Supongamos un piso de 70 m²: 2.230 € x 70 = 156.100 € (muy similar al supuesto)
- Supongamos alquiler mensual de 700 € (no indicado en el contexto, omitir cálculo con cifra concreta, pero sí la fórmula):
Rentabilidad bruta = (Ingresos anuales por alquiler / precio de compra) x 100
Si el piso se alquila por una renta anual de X €, la rentabilidad bruta sería:
- Rentabilidad bruta = (X / 150.000) x 100
Resumen del perfil C:
- Precio piso: 150.000 €
- Entrada: 30.000 €
- Hipoteca: 120.000 €
- Cuota mensual: ~562 €
- Rentabilidad bruta: (ingresos anuales de alquiler / 150.000) x 100
Consideraciones adicionales según el escenario
- La aceptación de una vivienda heredada puede implicar asumir una hipoteca pendiente. En ese caso, el nuevo propietario continúa pagando el préstamo en las condiciones originales, o puede subrogarlo y negociar con el banco.
- En inversiones para alquiler, es crucial comparar la rentabilidad bruta estimada con otros activos y tener en cuenta los costes de mantenimiento, impuestos y posibles periodos sin inquilino.
- En todos los casos, la carga fiscal de la herencia (impuesto de sucesiones y plusvalía municipal) y los gastos de notaría y registro pueden suponer un desembolso inicial relevante, que debe sumarse al cálculo de la entrada y otros costes asociados.
Errores frecuentes y cómo evitarlos
Heredar una vivienda implica lidiar con trámites legales, fiscales y personales en plazos muy ajustados. Estos son los errores más habituales y las mejores formas de prevenirlos:
1. No respetar los plazos legales
El retraso en la liquidación del Impuesto de Sucesiones o la plusvalía municipal puede acarrear recargos, intereses e incluso sanciones. Es fundamental marcar los 6 meses desde el fallecimiento en el calendario y, si no se llega a tiempo, solicitar la prórroga antes del vencimiento.
2. Aceptar la herencia sin analizar la situación de deudas
Aceptar la herencia pura y simple supone asumir no solo los activos, sino también todas las deudas del fallecido, incluidas hipotecas. Si hay dudas sobre el pasivo, conviene optar por la aceptación a beneficio de inventario, que limita la responsabilidad a los bienes heredados y protege el patrimonio personal.
3. Subestimar la carga fiscal
Muchos herederos no calculan correctamente el impacto del Impuesto de Sucesiones y la plusvalía municipal, que pueden variar notablemente según la comunidad autónoma y el valor del inmueble. Es recomendable informarse sobre la fiscalidad local y reservar fondos para estos pagos antes de aceptar formalmente la herencia.
4. No realizar un inventario completo de los bienes
Olvidar cuentas bancarias, pólizas de seguros, garajes o trasteros puede suponer la pérdida de activos o la complicación de trámites posteriores. Dedicar tiempo a inventariar todos los bienes del fallecido evitará problemas y sorpresas desagradables.
5. No inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad
Algunos herederos usan la vivienda sin inscribirla a su nombre, lo que puede impedir la venta futura, la solicitud de hipotecas o generar problemas en caso de embargo. La inscripción en el Registro de la Propiedad es el paso final imprescindible para garantizar la seguridad jurídica.
6. No consultar con un profesional
La tramitación de una herencia puede parecer sencilla, pero los errores en la documentación, la falta de información sobre deducciones fiscales o una mala valoración del inmueble pueden resultar muy costosos. Consultar con un asesor fiscal, un abogado o un notario especializado ayuda a evitar errores y optimizar la gestión.
7. Descuidar el estado y las cargas del inmueble
Heredar una vivienda conlleva asumir posibles cargas como derramas pendientes, deudas con la comunidad de propietarios o recibos de IBI impagados. Antes de aceptar la herencia, conviene solicitar un certificado de cargas actualizado y revisar el estado legal y físico del inmueble.
Preguntas frecuentes
1. ¿Qué plazo tengo para aceptar una herencia y pagar los impuestos?
El plazo para liquidar el Impuesto de Sucesiones y la plusvalía municipal es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable otros 6 meses si se solicita antes de vencer el plazo inicial.
2. ¿Qué ocurre si no pago el Impuesto de Sucesiones a tiempo?
El impago dentro del plazo legal conlleva recargos, intereses de demora y posibles sanciones administrativas, además de dificultar el acceso a la vivienda heredada y bloquear su venta o transmisión.
3. ¿Puedo renunciar a una herencia si la vivienda tiene más deudas que valor?
Sí, puedes renunciar a la herencia de forma expresa ante notario. Si temes deudas, la aceptación a beneficio de inventario te protege limitando tu responsabilidad a los bienes recibidos.
4. ¿Cuánto cuesta heredar una vivienda en impuestos?
El coste depende de la comunidad autónoma, el valor de la vivienda y el grado de parentesco. En algunas regiones, el Impuesto de Sucesiones puede ser nulo para herencias directas, mientras que en otras supera el 30 % en grandes patrimonios.
5. ¿Qué es la plusvalía municipal y cuándo se paga?
La plusvalía municipal es un impuesto local sobre el incremento del valor del suelo desde la anterior transmisión. Debe pagarse en el ayuntamiento correspondiente en un plazo de 6 meses desde el fallecimiento.
6. ¿Necesito ir al notario aunque haya testamento?
Sí, si hay testamento, el notario debe abrirlo y formalizar el acta de aceptación de herencia. Si no hay testamento, se inicia un acta notarial de declaración de herederos.
7. ¿Puedo vender la vivienda heredada inmediatamente?
Puedes vender la vivienda tras inscribirla en el Registro de la Propiedad a tu nombre y liquidar los impuestos. Hasta completar estos trámites, la venta no es posible legalmente.
8. ¿Qué pasa con la hipoteca si la vivienda heredada la tiene?
El heredero asume la deuda pendiente y debe continuar pagando la hipoteca. Es posible subrogar el préstamo o negociar nuevas condiciones con la entidad financiera.
9. ¿Es obligatorio inscribir la vivienda heredada en el Registro de la Propiedad?
No es obligatorio, pero sí muy recomendable. Sin inscripción, no puedes vender, hipotecar ni garantizar plenamente la propiedad.
10. ¿Puedo aceptar la herencia parcialmente o solo la vivienda?
No, la aceptación de herencia es global: se heredan todos los bienes y deudas del fallecido según la partición, no es posible elegir solo una parte o un inmueble concreto.
Casos prácticos
En el proceso de heredar una vivienda, surgen situaciones muy diversas según el perfil del heredero, la ubicación del inmueble y los planes posteriores (vivienda habitual, venta, alquiler). A continuación se exponen tres escenarios matemáticos que reflejan la realidad del mercado español en 2025, aplicando los precios y tipos hipotecarios medios, así como los trámites y tributos inherentes a la transmisión de una vivienda heredada.
Perfil A: Comprador individual en ciudad grande
Supuesto: Una persona hereda un piso en una gran ciudad, cuyo valor de mercado es de 250.000 €. Tras aceptar la herencia y liquidar todos los impuestos, necesita financiar parte de la adquisición porque no dispone del total en efectivo y desea convertir el inmueble en su vivienda habitual.
- Precio del inmueble: 250.000 €
- Entrada (20 %): 50.000 €
- Importe de la hipoteca (80 % LTV): 200.000 €
- Tipo de interés medio (2025): 2,93 % TIN (Euríbor 12 meses 2,565 % + diferencial estándar)
- Plazo medio: 25 años (300 cuotas)
Cálculo de la cuota mensual
Se utiliza el sistema francés de amortización, que es el habitual en España.
Fórmula de la cuota:
C = P × [i × (1+i)^n] / [(1+i)^n – 1]
Donde:
P = principal (200.000 €), i = interés mensual (2,93 % / 12 = 0,0024416), n = 300 meses.
C = 200.000 × [0,0024416 × (1+0,0024416)^300] / [(1+0,0024416)^300 – 1]
El resultado es una cuota mensual aproximada de 946 €.
Coste total de la hipoteca
- Cuotas totales: 946 € × 300 = 283.800 €
- Intereses pagados en 25 años: 283.800 € – 200.000 € = 83.800 €
Coste total para el heredero
- Entrada: 50.000 €
- Intereses: 83.800 €
- Importe principal: 200.000 €
- Coste total desembolsado: 333.800 € (sin contar impuestos y gastos de herencia)
Aspectos clave
- La tasa de esfuerzo (porcentaje de ingresos destinado a la cuota) debe vigilarse especialmente al sumar los gastos de comunidad, IBI, seguro y posibles derramas.
- Tras la inscripción en el Registro de la Propiedad y el pago de la plusvalía y el ISD, la vivienda queda regularizada como habitual.
Perfil B: Pareja joven en ciudad mediana
Supuesto: Una pareja joven hereda conjuntamente un piso en una ciudad mediana, valorado en 180.000 €. Deciden convertirlo en su vivienda habitual y, aunque disponen de algunos ahorros, requieren financiación para cubrir la mayor parte del valor.
- Precio del inmueble: 180.000 €
- Entrada (20 %): 36.000 €
- Importe de la hipoteca (80 % LTV): 144.000 €
- Tipo de interés medio: 2,93 % TIN (Euríbor actual 2,565 % + diferencial)
- Plazo medio: 25 años (300 cuotas)
Cálculo de la cuota mensual
P = 144.000 €, i = 0,0024416, n = 300
C = 144.000 × [0,0024416 × (1+0,0024416)^300] / [(1+0,0024416)^300 – 1]
La cuota mensual aproximada es de 681 €.
Coste total de la hipoteca
- Cuotas totales: 681 € × 300 = 204.300 €
- Intereses pagados: 204.300 € – 144.000 € = 60.300 €
Coste total para la pareja
- Entrada: 36.000 €
- Intereses: 60.300 €
- Importe principal: 144.000 €
- Coste total desembolsado: 240.300 € (sin contar impuestos y gastos de herencia)
Aspectos clave
- Al ser vivienda habitual, pueden beneficiarse de bonificaciones en el Impuesto sobre Sucesiones según la Comunidad Autónoma.
- La inscripción en el Registro de la Propiedad y la regularización catastral es imprescindible para acceder posteriormente a deducciones fiscales o ayudas.
Perfil C: Inversor para alquiler
Supuesto: Un inversor hereda un piso en una ciudad donde el precio medio es de 150.000 €. Su intención es destinarlo al alquiler de larga duración para obtener una rentabilidad bruta anual. Calcula la financiación, la cuota hipotecaria y la rentabilidad estimada.
- Precio del inmueble: 150.000 €
- Entrada (20 %): 30.000 €
- Importe de la hipoteca (80 % LTV): 120.000 €
- Tipo de interés medio: 2,93 % TIN (Euríbor 12m 2,565 %)
- Plazo medio: 25 años (300 cuotas)
Cálculo de la cuota mensual
P = 120.000 €, i = 0,0024416, n = 300
C = 120.000 × [0,0024416 × (1+0,0024416)^300] / [(1+0,0024416)^300 – 1]
La cuota mensual aproximada es de 567 €.
Coste total de la hipoteca
- Cuotas totales: 567 € × 300 = 170.100 €
- Intereses pagados: 170.100 € – 120.000 € = 50.100 €
Rentabilidad bruta estimada del alquiler
Supongamos un alquiler anual de 7.800 € (650 €/mes × 12 meses).
- Rentabilidad bruta: (7.800 € / 150.000 €) × 100 = 5,2 %
- Ingresos alquiler en 25 años: 7.800 € × 25 = 195.000 €
- Inversión total: 30.000 € (entrada) + 170.100 € (cuotas) = 200.100 € (sin contar impuestos, gastos ni periodos de vacancia)
Aspectos clave
- El inversor debe tener en cuenta la fiscalidad especial del alquiler, la posible plusvalía en la transmisión futura y los costes derivados del mantenimiento, comunidad y vacantes.
- El valor catastral será la base para impuestos locales y la plusvalía municipal en caso de venta.
Estas simulaciones muestran el impacto real de los tipos hipotecarios, el LTV estándar, la tasa de esfuerzo y la fiscalidad asociada a la herencia de una vivienda, tanto si se destina a uso propio como si se opta por la inversión.
Errores frecuentes y cómo evitarlos
La tramitación de una herencia inmobiliaria implica múltiples pasos, documentos y pagos que, de no gestionarse correctamente, pueden acarrear recargos, sanciones o incluso la pérdida del bien. Estos son los errores más habituales y las mejores prácticas para evitarlos:
1. Ignorar los plazos legales para liquidar impuestos
Uno de los fallos más costosos es no presentar el Impuesto sobre Sucesiones ni la plusvalía municipal dentro de los 6 meses desde el fallecimiento. Incluso si se solicita prórroga, debe hacerse antes de que finalice el plazo original. Superar los plazos implica recargos automáticos, intereses de demora y, en ocasiones, sanciones considerables.
Cómo evitarlo:
Marca en el calendario la fecha límite desde el fallecimiento y, si prevés retrasos, tramita la prórroga por escrito cuanto antes. No dejes la documentación para el último momento.
2. No comprobar cargas y deudas vinculadas a la vivienda
Muchos herederos aceptan la herencia sin revisar si la vivienda tiene hipotecas, embargos, deudas de comunidad o impuestos impagados. La aceptación pura y simple implica que el heredero responde con su propio patrimonio por todas las deudas, incluso si superan el valor del bien.
Cómo evitarlo:
Solicita nota simple en el Registro de la Propiedad, revisa el catastro y consulta a la comunidad de propietarios antes de aceptar la herencia. Si hay dudas, valora la aceptación a beneficio de inventario.
3. Olvidar la regularización registral y catastral
Tras heredar, muchos no inscriben la transmisión en el Registro de la Propiedad ni actualizan el catastro. Esto impide vender, hipotecar o alquilar legalmente el inmueble, y puede generar problemas fiscales o reclamaciones futuras.
Cómo evitarlo:
Realiza la escritura pública de aceptación de herencia y presenta la documentación tanto en el Registro como en el catastro. La actualización catastral es gratuita y asegura la correcta imputación del IBI y otros tributos.
4. Subestimar los costes totales de la herencia
El desconocimiento de los gastos asociados (notaría, registro, impuestos, comunidad, derramas, plusvalía, etc.) puede dejar al heredero sin liquidez para asumir todos los pagos. En ocasiones, la vivienda requiere obras o se encuentra ocupada, lo que incrementa el coste.
Cómo evitarlo:
Haz un inventario detallado de todos los gastos, desde el principio. Consulta con profesionales (notario, gestoría) para obtener una estimación realista y ten un colchón financiero para imprevistos.
5. No analizar la fiscalidad autonómica y local
El tratamiento del Impuesto sobre Sucesiones y la plusvalía municipal varía radicalmente entre Comunidades Autónomas y ayuntamientos. Un error frecuente es asumir que la exención o bonificación de una región aplica a todas, o no calcular correctamente el valor catastral del suelo para la plusvalía.
Cómo evitarlo:
Consulta la normativa específica de la CCAA y del municipio donde radica el inmueble. Solicita información actualizada sobre bonificaciones, reducciones y reglas de cálculo. Comprueba el valor catastral actual en el recibo del IBI.
6. No contemplar la fiscalidad de una futura venta
Vender la vivienda heredada antes de un año puede generar un impacto fiscal relevante (plusvalía, IRPF, transmisiones patrimoniales si el comprador no es familiar directo). Muchos herederos desconocen que el valor de adquisición para el cálculo de plusvalía y ganancia patrimonial es el declarado en la herencia.
Cómo evitarlo:
Antes de vender, consulta con un asesor fiscal y ten claros los valores de adquisición y transmisión. Conserva todos los justificantes y escrituras públicas.
7. Descuidar el mantenimiento y los seguros tras la adjudicación
En ocasiones, el inmueble heredado permanece vacío o sin supervisión durante meses, lo que puede provocar daños, ocupaciones ilegales o incidencias en la comunidad. Además, es frecuente olvidar actualizar los seguros o contratar uno nuevo.
Cómo evitarlo:
Informa a la comunidad de propietarios de la nueva titularidad, realiza visitas periódicas, actualiza el seguro del hogar y asegúrate de que cubre las contingencias habituales para una vivienda desocupada.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para pagar el impuesto de sucesiones al heredar una vivienda?
El plazo es de 6 meses desde la fecha de fallecimiento. Se puede solicitar una prórroga de otros 6 meses antes de que venza el plazo inicial.
¿Qué pasa si no inscribo la vivienda heredada en el Registro de la Propiedad?
No serás reconocido legalmente como propietario, lo que impide vender, hipotecar o alquilar la vivienda con todas las garantías jurídicas.
¿Cómo se calcula la plusvalía municipal al heredar un inmueble?
La plusvalía municipal se calcula sobre el valor catastral del suelo y los años de tenencia del fallecido. Cada ayuntamiento aplica su propio coeficiente y tipo impositivo.
¿Qué es la aceptación a beneficio de inventario?
Es una modalidad que permite aceptar la herencia respondiendo solo con los bienes heredados, sin comprometer el patrimonio personal ante posibles deudas.
¿Debo pagar la hipoteca pendiente si heredo una vivienda con carga?
Sí, al heredar una vivienda con hipoteca, asumes la deuda pendiente. Puedes negociar la subrogación con el banco o cancelar el préstamo con tus propios fondos.
¿Cuánto cuesta de media heredar una vivienda en España?
El coste varía según la Comunidad Autónoma y el municipio, pero incluye notaría, registro, impuestos de sucesiones y plusvalía municipal. No existe una cifra única nacional.
¿Puedo renunciar a la herencia si la vivienda tiene más deudas que valor?
Sí, puedes renunciar expresamente a la herencia ante notario, evitando así heredar tanto activos como deudas vinculadas al inmueble.
¿Qué documentos necesito para tramitar la herencia de una vivienda?
Necesitarás el certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, testamento o declaración de herederos, inventario de bienes y liquidación de impuestos.
¿La vivienda heredada cuenta como segunda residencia a efectos fiscales?
Si no la ocupas como vivienda habitual, la Agencia Tributaria la considerará segunda residencia, con implicaciones fiscales en el IRPF y otros tributos locales.
¿Cómo afecta el valor catastral en la herencia de una vivienda?
El valor catastral sirve de base para calcular la plusvalía municipal y, en muchos casos, influye en la valoración fiscal para el Impuesto sobre Sucesiones y otras tasas.
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