IBI en Tarragona
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Tarragona. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Tarragona dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Tarragona
Tarragona, situada en la costa mediterránea de Cataluña, es una ciudad con una rica historia y un patrimonio cultural notable. Como capital de la provincia homónima, cuenta con una población de aproximadamente 143.649 habitantes, lo que la convierte en un núcleo urbano significativo. Su ubicación costera y su atractivo turístico, junto con su función como centro administrativo y económico, hacen que la fiscalidad inmobiliaria sea un aspecto relevante tanto para residentes permanentes como para propietarios de segundas residencias.
El tipo de IBI urbano en Tarragona es del 1,023%, significativamente superior a la media nacional del 0,623% y también por encima de la media de Cataluña, que se sitúa en el 0,7799%. Esta situación coloca a Tarragona en la tercera posición del ranking nacional de municipios en cuanto a tipos de IBI urbano. Además, el tipo rústico es del 0,599% y el tipo para Bienes Inmuebles de Características Especiales (BICES) alcanza el 1,3%. Este elevado tipo impositivo implica que los propietarios de inmuebles en Tarragona podrían enfrentar cuotas anuales considerablemente más altas en comparación con otras localidades, lo que puede influir en las decisiones de compra y mantenimiento de propiedades en la zona.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Tarragona
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.