IBI en Talavera de la Reina
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Talavera de la Reina. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Talavera de la Reina dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Talavera de la Reina
Talavera de la Reina, ubicada en la provincia de Toledo, es una localidad de Castilla-La Mancha con una población de aproximadamente 83.803 habitantes. Esta ciudad, reconocida por su tradición cerámica y su patrimonio histórico, se sitúa estratégicamente a orillas del río Tajo, lo que la convierte en un punto de interés tanto cultural como económico dentro de la región. Aunque no es una capital provincial, su tamaño y relevancia económica hacen que la fiscalidad inmobiliaria sea un aspecto importante para sus residentes, ya que influye en el coste de vida y en la atracción de inversiones.
En cuanto al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano, Talavera de la Reina presenta un tipo impositivo del 0,5144%, que está por debajo de la media nacional del 0,623% y también por debajo de la media de Castilla-La Mancha, que se sitúa en el 0,5507%. En el ranking nacional, ocupa la posición 104 de 147 municipios. Además, el tipo para inmuebles rústicos es del 0,53% y para BICES es del 1,0%. Este tipo impositivo más bajo puede traducirse en una cuota anual más asequible para una vivienda media en comparación con otras zonas del país, lo que podría ser un factor atractivo para potenciales compradores e inversores.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Toledo
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.