IBI en Palma
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Palma. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Palma dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Palma
Palma, la capital de las Illes Balears, es un importante núcleo urbano con una población de aproximadamente 434.786 habitantes. Como ciudad costera y turística, Palma atrae tanto a visitantes como a residentes temporales y permanentes, lo que influye en su mercado inmobiliario. La fiscalidad inmobiliaria es un factor crucial para propietarios y potenciales compradores, ya que la ciudad es un destino popular para segundas residencias y tiene un dinamismo económico significativo, basado en el turismo y los servicios.
El tipo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano en Palma se sitúa en el 0,445%, notablemente por debajo de la media nacional del 0,623% y también inferior a la media de la comunidad autónoma, que es del 0,54%. Esta posición coloca a Palma en el puesto 120 de 147 en el ranking nacional, lo que sugiere que los propietarios en Palma disfrutan de un IBI relativamente bajo en comparación con otras localidades de España. Además, el tipo rústico es del 0,735% y el de Bienes Inmuebles de Características Especiales (BICES) es del 1,3%. Este contexto fiscal puede resultar atractivo para inversores y residentes al reducir la carga impositiva anual para una vivienda media en esta ciudad.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Illes Balears
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.