IBI en Elda
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Elda. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Elda dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Elda
Elda, situada en la provincia de Alicante, es un municipio de la Comunitat Valenciana con una población de aproximadamente 55.222 habitantes. Aunque no es una capital de provincia, Elda se destaca por su actividad industrial, especialmente en el sector del calzado, lo que le otorga un carácter dinámico y relevante dentro de la comarca del Vinalopó. La fiscalidad inmobiliaria en Elda es un aspecto importante para sus residentes, dado su peso poblacional y su papel como centro económico regional, donde la propiedad inmobiliaria juega un papel crucial tanto para uso residencial como industrial.
En cuanto al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano, Elda aplica un tipo del 0,968%, significativamente por encima de la media nacional del 0,623% y también por encima de la media de la Comunitat Valenciana, que se sitúa en el 0,6832%. Esta cifra coloca al municipio en la novena posición en el ranking nacional de tipos de IBI, lo que indica una carga fiscal considerablemente alta para los propietarios urbanos en comparación con otras localidades. Además, el tipo para inmuebles rústicos es del 1,01%, y para Bienes de Características Especiales (BICES) es del 0,634%. Esta elevada tasa de IBI urbano puede traducirse en una cuota anual más elevada para los propietarios de viviendas en Elda, lo que podría influir en la decisión de compra o inversión inmobiliaria en la zona.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Alicante
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.