IBI en Badajoz
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Badajoz. Datos del Ministerio de Hacienda (2025).
Tipos de gravamen vigentes
Badajoz dentro de la horquilla legal del IBI urbano
La ley fija un tipo mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden elevarlo hasta el 1,3 %.
Comparativa con la media
Cuota IBI estimada por valor catastral
Cuota anual aproximada aplicando el tipo urbano vigente. Sin contar bonificaciones (familia numerosa, vivienda protegida, eficiencia energética, etc.) que pueden reducir el importe final.
El IBI en el contexto de Badajoz
Badajoz, situada en el suroeste de España, es la capital de la provincia homónima y uno de los municipios más importantes de Extremadura, con una población de aproximadamente 150.209 habitantes. Su ubicación cerca de la frontera con Portugal y su relevancia como centro administrativo y económico regional hacen que la fiscalidad inmobiliaria tenga un papel destacado en la vida de sus residentes. La ciudad combina su carácter histórico y cultural con una economía en desarrollo, lo que influye en el mercado inmobiliario, tanto en términos de propiedad residencial como comercial.
El tipo impositivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbano en Badajoz es del 0,72%, situándose por encima de la media nacional del 0,623% y ligeramente superior a la media de la comunidad autónoma de Extremadura, que es del 0,7133%. Badajoz ocupa la posición 38 en el ranking nacional de tipos impositivos del IBI urbano entre 147 municipios. Además, el tipo para bienes rústicos es del 0,9% y para BICES del 1,1%. Este nivel impositivo implica que los propietarios de inmuebles en Badajoz pagan una cuota anual que puede ser más elevada en comparación con otras regiones, influyendo en el coste de vida y las decisiones de inversión inmobiliaria en la zona.
Qué es el IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal de devengo anual que grava la titularidad de bienes inmuebles. La cuota se calcula aplicando el tipo de gravamen sobre el valor catastral del inmueble.
El tipo lo fija cada ayuntamiento mediante ordenanza fiscal, dentro de la horquilla legal: mínimo 0,4 % y máximo 1,1 % para inmuebles urbanos. Los municipios con más de 100.000 habitantes pueden superar ese máximo hasta el 1,3 %.
Lo paga quien sea titular del inmueble el 1 de enero de cada año. La mayoría de ayuntamientos recauda en uno o dos plazos entre primavera y otoño.
IBI en otros municipios de Badajoz
Compara el tipo IBI urbano con los principales municipios de la provincia.
Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos de 2025. Los tipos pueden modificarse anualmente mediante ordenanza fiscal municipal. Estimación informativa, no vinculante.