ITP y AJD en País Vasco
Tipos del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados vigentes en País Vasco en 2026. Tipos reducidos para colectivos específicos.
En País Vasco (2026), el ITP de la vivienda de segunda mano es del 4,00 % y el AJD de los documentos notariales es del 0,50 %. El ITP se calcula sobre el mayor entre el precio escriturado y el valor de referencia catastral.
Tipos vigentes 2026
Escalas y tipos reducidos
El 2,5 % se aplica cuando la persona adquirente es titular de familia numerosa, sin límite de superficie, y también por la superficie de la vivienda aunque no haya familia numerosa (ver la nota de la escala). En los dos casos hacen falta dos requisitos: no ser propietario de otra vivienda en un porcentaje superior al 25 % dentro del término municipal en que radica la que se compra —salvo que esa otra se transmita en el plazo de dos años— y destinarla a vivienda habitual (art. 13.c de la Norma Foral 1/2011 de Bizkaia y art. 11.c de la Norma Foral 18/1987 de Gipuzkoa).
Régimen foral: cada territorio histórico tiene su propia norma foral (Álava 11/2003, Bizkaia 1/2011, Gipuzkoa 18/1987) y los tres coinciden en los tipos. La transmisión de vivienda tributa al 4 % y el resto de inmuebles —locales, garajes o trasteros que no se transmiten con la vivienda, fincas rústicas y solares— al 7 %. Baja al 2,5 % cuando la superficie construida de la vivienda no supera los 120 m² (o 96 m² útiles, en Gipuzkoa) y, si es unifamiliar, la parcela no supera los 300 m². Sube al 6 % en Bizkaia y Gipuzkoa cuando la persona adquirente ya es titular de más de cinco viviendas en un porcentaje superior al 50 % en cada una.
La cuota gradual de los documentos notariales se grava al 0,50 % en los tres territorios históricos: art. 44.1 de la Norma Foral 1/2011 de Bizkaia, art. 29 de la Norma Foral 18/1987 de Gipuzkoa y Norma Foral 11/2003 de Álava. El 0 % corresponde solo a los supuestos exentos que enumera la propia norma foral, como las primeras copias de escritura de constitución o cancelación de hipoteca en garantía de un préstamo destinado a adquirir o rehabilitar la vivienda habitual (art. 58.28 de la Norma Foral 1/2011) y las operaciones de vivienda de protección pública (art. 58.12).
ITP por comunidad autónoma — ranking
Tipo general del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales aplicable a la compraventa de vivienda usada en cada comunidad autónoma. La barra destacada corresponde a País Vasco.
AJD por comunidad autónoma — ranking
Tipo del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados aplicable a la primera transmisión y a la escritura hipotecaria.
Y si vendo por debajo del valor de referencia catastral en País Vasco
Desde el 1 de enero de 2022 (Ley 11/2021), la base imponible del ITP en País Vasco no es solo el precio escriturado: es el mayor entre el precio escriturado y el valor de referencia catastral (VRC) que publica el Catastro para el inmueble.
Si declaras 150.000 € y el VRC del inmueble es 170.000 €, el ITP se calcula sobre 170.000 €. Aplicando el tipo general de País Vasco (4,00 %), eso supone 6.800 € en lugar de 6.000 €, es decir, 800 € más sobre el ejemplo.
Si entiendes que el VRC no refleja el valor real del inmueble, puedes tributar por el VRC y solicitar la rectificación de la autoliquidación en los 4 años siguientes, aportando tasación pericial. La carga de la prueba recae sobre el contribuyente.
Comparar precio escriturado y VRC → · Guía completa del VRC →
Calculadora ITP/AJD
Calcula cuánto pagarás de ITP (segunda mano) o AJD (obra nueva) en País Vasco. Puedes introducir el valor de referencia catastral como base alternativa.
Si lo introduces, la base imponible será el mayor entre precio y VRC (regla vigente desde 2022). Consúltalo en sedecatastro.gob.es.
Escalas y tipos reducidos en Andalucía
menores de 35 años, VH ≤150.000 €
familia numerosa, VH ≤250.000 €
≥33% discapacidad, VH ≤250.000 €
tipo intermedio 6% para VH ≤150.000 € (sin colectivo especial)
menores de 35, víctimas violencia, municipios despoblados, VH ≤150.000 €. 0,1% discapacidad/familia numerosa VH ≤250.000 €. 1% VH ≤150.000 € tipo general reducido
¿ITP o AJD?
- ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) — se aplica en compraventas de vivienda de segunda mano entre particulares.
- AJD (Actos Jurídicos Documentados) — se aplica en la escritura de vivienda nueva o en la hipoteca. Desde 2018, el AJD de las hipotecas lo paga el banco.
- IVA — la vivienda nueva comprada al promotor no lleva ITP: lleva IVA del 10 % (4 % en vivienda de protección oficial de régimen especial o de promoción pública) y, encima, el AJD de la comunidad. El IVA es, con diferencia, el importe más alto de la operación, y no aparece en el resultado de arriba porque no es un tributo autonómico. En Canarias se sustituye por el IGIC.
- Ambos son tributos cedidos a las CCAA, que fijan el tipo concreto.
- Desde 2022, la base imponible es el mayor entre el precio escriturado y el valor de referencia catastral publicado por el Catastro (Ley 11/2021).
Estimación informativa, no vinculante. La cifra de arriba es solo el tributo autonómico con su tipo general: pueden aplicar reducciones por perfil (jóvenes, familia numerosa, discapacidad), escalas por precio o bonificaciones de la cuota, y en obra nueva no sustituye al IVA. Consulta a un asesor fiscal o a la consejería de hacienda de tu comunidad.
Preguntas frecuentes sobre el ITP y AJD en País Vasco
¿Cuánto es el ITP en País Vasco?
El tipo general del ITP en País Vasco es del 4,00 % (compraventa de vivienda de segunda mano, 2026). Se aplica sobre el mayor entre el precio escriturado y el valor de referencia catastral.
¿Cuánto es el AJD en País Vasco?
El tipo general del AJD en País Vasco es del 0,50 % sobre la cuota gradual de los documentos notariales (2026). Hay supuestos con un tipo distinto: La cuota gradual de los documentos notariales se grava al 0,50 % en los tres territorios históricos: art. 44.1 de la Norma Foral 1/2011 de Bizkaia, art. 29 de la Norma Foral 18/1987 de Gipuzkoa y Norma Foral 11/2003 de Álava. El 0 % corresponde solo a los supuestos exentos que enumera la propia norma foral, como las primeras copias de escritura de constitución o cancelación de hipoteca en garantía de un préstamo destinado a adquirir o rehabilitar la vivienda habitual (art. 58.28 de la Norma Foral 1/2011) y las operaciones de vivienda de protección pública (art. 58.12).
¿Hay tramos o tipos distintos del general en País Vasco?
Régimen foral: cada territorio histórico tiene su propia norma foral (Álava 11/2003, Bizkaia 1/2011, Gipuzkoa 18/1987) y los tres coinciden en los tipos. La transmisión de vivienda tributa al 4 % y el resto de inmuebles —locales, garajes o trasteros que no se transmiten con la vivienda, fincas rústicas y solares— al 7 %. Baja al 2,5 % cuando la superficie construida de la vivienda no supera los 120 m² (o 96 m² útiles, en Gipuzkoa) y, si es unifamiliar, la parcela no supera los 300 m². Sube al 6 % en Bizkaia y Gipuzkoa cuando la persona adquirente ya es titular de más de cinco viviendas en un porcentaje superior al 50 % en cada una.
Más sobre la fiscalidad de la vivienda
El ITP, el AJD y el Impuesto de Sucesiones de las 19 comunidades en una sola tabla, con caso práctico.
El impuesto anual sobre la propiedad del inmueble, que fija cada ayuntamiento.
El impuesto que se paga al vender o heredar, según años de tenencia y municipio.
Fuente: Normativa foral y autonómica de ITP, AJD e ISD — textos consolidados, consultada el 23-08-2026. La norma concreta de País Vasco y su artículo se citan en las notas de esta ficha. Tipos vigentes en 2026. La normativa puede modificarse con cada Ley de Presupuestos autonómica.
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