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Plusvalía municipal en Dos Hermanas

Coeficientes vigentes del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) en Dos Hermanas (2025).

Coeficiente máximo14 %Sobre valor catastral del suelo
Coeficiente mínimo4 %Tramos de tenencia más larga
Población142.519Habitantes

Coeficientes por años de tenencia en Dos Hermanas

Coeficiente que se aplica al valor catastral del suelo en función del número de años transcurridos desde la adquisición del inmueble. Se compara con el máximo estatal vigente.

0,000,130,250,380,5015101519Años de tenenciaMunicipioMáximo estatal
Menos de 1 año: 0,1520 años o más: 0,03 · máx. estatal 0,40

Tabla completa de coeficientes

Años de tenenciaCoeficiente
1 año0,14
2 años0,13
3 años0,12
4 años0,10
5 años0,09
6 años0,08
7 años0,08
8 años0,08
9 años0,08
10 años0,08
11 años0,06
12 años0,06
13 años0,06
14 años0,06
15 años0,04
16 años0,04
17 años0,04
18 años0,04
19 años0,04
Menos de 1 año0,15
20 años o más0,03

Calculadora de plusvalía

Estima la cuota de la plusvalía con tu valor catastral del suelo, fechas de adquisición y transmisión. Puedes elegir entre el método objetivo y el método real (el más favorable).

Ir a la calculadora de plusvalía →

La plusvalía municipal en Dos Hermanas

Dos Hermanas es un municipio situado en la provincia de Sevilla, dentro de la comunidad autónoma de Andalucía. Con una población que supera los 140.000 habitantes, es una de las localidades más pobladas de la provincia, lo que se traduce en un mercado inmobiliario activo. Su proximidad a Sevilla capital y su carácter de ciudad dormitorio hacen que el movimiento de propiedades, ya sea por compraventa, herencias o donaciones, sea bastante frecuente. Esto convierte al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), comúnmente conocido como plusvalía municipal, en un aspecto relevante para los residentes y propietarios de inmuebles en Dos Hermanas.

En Dos Hermanas, el coeficiente máximo para calcular la plusvalía municipal es del 0,15, aplicable a transmisiones con menos de un año de antigüedad, mientras que el mínimo es del 0,03 para propiedades con una tenencia de 20 años o más. Tras la reforma del RDL 26/2021, los contribuyentes pueden elegir entre el método objetivo y el método real, seleccionando el que resulte más favorable. Es especialmente importante revisar con detenimiento el cálculo en casos de transmisiones a corto plazo o en situaciones de herencias, donde la diferencia en el coeficiente aplicable puede influir significativamente en la carga fiscal resultante.

Qué es la plusvalía municipal

La plusvalía municipal (oficialmente IIVTNU, Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) grava la revalorización del suelo urbano entre la compra y la venta o transmisión (incluida herencia o donación) de un inmueble.

Tras el RDL 26/2021 existen dos métodos de cálculo: el objetivo (valor catastral del suelo × coeficiente por años) y el real (incremento real × proporción del suelo). El contribuyente puede optar por el más favorable.

Si la transmisión genera pérdida real, el impuesto no se devenga. El contribuyente debe acreditarlo con escrituras de compra y venta.

Cómo se calcula la plusvalía (método objetivo)
1. Base imponibleValor catastral suelo × Coeficiente años50.000 €×0,12=6000 €Suelo (≈10 a)Coef. ejemploBase imponible2. CuotaBase × Tipo de gravamen6000 €×30 %=1800 €BaseTipoCuota plusvalíaSi la ganancia real es menor, se aplica el método real

Fuente: Ministerio de Hacienda — Impuestos sobre Bienes Inmuebles, régimen común 2025 (capitales y municipios >50k hab.). Datos vigentes 2025. Los coeficientes pueden modificarse mediante ordenanza fiscal municipal y dependen de los máximos estatales. Estimación informativa, no vinculante.